"La justicia revolucionaria en pleno desarrollo queda así en manos de políticos jueces quienes la operan, y no de jueces apolíticos e independientes como lo pide la Constitución (artículo 256). De allí que la ley de marras (Ley del Sistema de Justicia) imponga como tarea esencial a la Comisión que llega para gobernar a los jueces incluidos los del Tribunal Supremo, participar con todos sus funcionarios "en la transformación social del país& para lograr la suprema felicidad del pueblo."
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