jueves, 10 de diciembre de 2009


DECLARACIÓN DEL GRUPO ÁVILA

EL ESTADO TOTALITARIO Y LA DIVISION DE PODERES

Las recientes declaraciones de la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estela Morales, en contra de la indispensable división e independencia de los poderes públicos, preocupan a todo el colectivo nacional. A juicio de esta Magistrada, la división de poderes sería “un principio que debilita al Estado”, en lugar de constituir un fundamento de equilibrio, control y transparencia en la función pública, así como garantía de la libertad y la democracia.

El Pueblo venezolano, al aprobar refrendariamente la Constitución vigente en 1999 y rechazar la propuesta de reforma constitucional en el 2007, ratificó su tradición republicana y los valores superiores y garantías democráticas de nuestra sociedad, que conforme al Preámbulo y el artículo 350 de la vigente Constitución, constituyen principios irreversibles.

Estas lamentables declaraciones se apartan de la evolución del Derecho Constitucional moderno, según el cual las democracias deben basarse estructuralmente en la vigilancia y control entre los diferentes poderes públicos para permitir una mejor y mayor transparencia de funciones. La concepción de un Estado absolutista donde el poder es “uno”, como asevera esta Magistrada, es además contraria a la idea de soberanía popular, ya que deposita la soberanía en el Estado y no en el pueblo que es quien periódicamente elige a sus gobernantes y puede reformar al Estado.

Un Estado absolutista sería el fin de los derechos individuales y de toda iniciativa propia, ajustada en lo adelante a la conveniencia del grupo político que lo controle. El Estado democrático es lo opuesto al Estado todopoderoso.

Es motivo de gran preocupación que quienes tienen la responsabilidad de interpretar imparcialmente la Constitución, para garantizar su integridad y su supremacía, se identifiquen con tesis contrarias a la del Estado democrático de Derecho y que, en forma contradictoria con esa responsabilidad, alienten modificaciones constitucionales para pretender acabar con la separación e independencia de los poderes públicos y permitir así su subordinación a una sola voluntad política.

El principio de la separación e independencia de los poderes constituye un modelo de gobernabilidad de los Estados democráticos y como tal ha sido adoptado por los Estados democráticos a través de la historia. Tan solo en nuestro ámbito regional, la Carta Democrática Interamericana, el Tratado de Asunción y el Protocolo de Ushuaia de MERCOSUR, entre otros, configuran el principio de la separación e independencia de los poderes públicos como esencial para el ejercicio de la libertad, la consolidación de la democracia y como garantía del respeto a los derechos humanos.



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