Nota de prensa
A través de un comunicado, el Centro llamó la atención “sobre la necesidad urgente de mantener una visión humanitaria y de respeto a los derechos humanos, en la aplicación de prácticas o medidas de deportación de personas de nacionalidad colombiana, en condición de migrantes y/o con necesidad de protección internacional, incluidos solicitantes de refugio y refugiados reconocidos residentes en el país”.
Además, el CDH-UCAB solicitó al Estado venezolano “el cumplimiento de las garantías y estándares básicos, así como prohibiciones derivadas del ius cogens y los tratados internacionales, que se mantienen vigentes durante estados de excepción”, como lo son la prohibición de expulsión colectiva de extranjeros, el debido proceso, y el principio de igualdad y no discriminación, y la garantía del interés superior del niño y la protección de la familia.
En el texto el Centro de Derechos Humanos recordó que en el caso específico de migrantes solicitantes de refugio y refugiados reconocidos, “se aplican todas las garantías mencionadas anteriormente, y a ellas se suma, la garantía absoluta de permanencia en el país, conforme al Principio de no Devolución (non-refoulement), cuya protección implica que ninguna persona solicitante de refugio o refugiada reconocida por el país asilante, podrá ser devuelta a su país de origen o residencia anterior, cuando su vida, seguridad o integridad estén en riesgo”.
Asimismo, el CDH-UCAB destacó que a todas estas personas debe garantizársele la posibilidad de comunicación con las instancias nacionales de protección a refugiados, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas (ACNUR) u organización de defensa de derechos humanos.
Asimismo, el CDH-UCAB destacó que a todas estas personas debe garantizársele la posibilidad de comunicación con las instancias nacionales de protección a refugiados, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas (ACNUR) u organización de defensa de derechos humanos.
Finalmente, el Centro de la Universidad Católica exhortó al Estado venezolano “a establecer mecanismos acordes con las normas de protección de los derechos humanos, que eviten la afectación arbitraria y ataques a la integridad personal, bienes y derechos de la población de nacionalidad colombiana en condición de migrantes y/o con necesidad de protección internacional, incluidos, solicitantes de refugio y refugiados reconocidos”.
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