martes, 14 de noviembre de 2017

VIOLACIONES Y VIOLADORAS DE LA DEMOCRACIA
 
MARTA DE LA VEGA
 
Las 4 rectoras del CNE han violado reiteradamente la Constitución vigente de 1999. Por mandato constitucional, según los artículos 161 y 162, las elecciones para gobernadores y consejos legislativos regionales debieron haberse realizado conjuntamente en diciembre de 2016 puesto que el período de dichas autoridades en sus cargos es de 4 años y la última elección fue en 2012.

Sin explicación ninguna el proceso electoral regional, con carácter improrrogable, fue postergado y finalmente el CNE convocó para 2017 la elección de gobernadores, aunque dejó de lado, de modo arbitrario, la de los consejos legislativos. La fecha escogida fue diciembre 10. Con la intromisión de la ilegítima e ilegal anc el Poder Electoral adelantó los comicios para el 15 de octubre.

Sabemos que la asamblea nacional constituyente no solo es de origen ilegal, inconstitucional e ilegítima, asentada sobre un gran fraude electoral, sino que se ha autoasignado prerrogativas que no le corresponden ni en el ámbito electoral, ni en el legislativo ni el judicial, pisoteando la Constitución y pasando por encima de sus funciones. Quien la preside es, como las rectoras del CNE, igualmente violadora de la Carta Magna que aún sigue vigente y ha cometido con sus actuaciones, delitos de lesa patria.

Bajo la responsabilidad de la Unidad Democrática, circula un informe, rigurosamente documentado, sobre la violación continuada por parte del CNE de los derechos políticos de los venezolanos en el marco de las elecciones de octubre de 2017. Han sido demostrados los casos de violaciones a la Constitución, a la Ley Orgánica de Procesos Electorales (2009) y a su Reglamento (2012) y a la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales (2010).

Han sido lesionados gravemente los derechos políticos de los venezolanos, tanto los previstos en el ordenamiento jurídico interno como los que protegen Tratados y Acuerdos Internacionales. Fue violado, por ejemplo, el artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana, que establece elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto, dentro de los períodos fijados en la Constitución.

No hay democracia en Venezuela. Elementos que le son esenciales han sido aplastados o tergiversados. No se cumple ninguno de los principios que la definen en su acepción actual, como John Rawls ha destacado: entre otros, los iguales derechos y libertades básicos de la ciudadanía que todo poder público debe respetar, como el derecho del voto y el derecho a participar en política, la libertad de pensamiento y de asociación, la libertad de conciencia y también “las protecciones del imperio de la ley”.

La persecución política, norma del régimen de Maduro, inhabilita mediante la Contraloría, órgano al que no compete tal decisión, a líderes de las fuerzas democráticas, impedidos así de participar en las elecciones a gobernadores. Igualmente el CNE, con apoyo del tribunal supremo de justicia, inhabilitó a partidos políticos y prohibió el uso de la tarjeta electoral a la Mesa de la Unidad Democrática en 7 estados del país por procesos judiciales abiertos en tribunales regionales que no tienen competencia electoral.

El documento de la MUD merece una detallada atención y difusión, no solo por las contundentes denuncias de los hechos delictivos de carácter electoral, (ejs., cronograma, ilegítima reubicación o anulación de centros, etc.) sino por los actos comprobados de corrupción durante el procedimiento electoral. La responsabilidad personal de cada una de las rectoras por violación de los derechos humanos de contenido político, es exigible en el derecho venezolano y en el internacional.

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