Si somos firmes y eficientes, no tendrán modo de postergar el #Revocatorio hasta 2017
Thaelman Urgelles
La multitudinaria participación de los venezolanos en la firma de la primera planilla para solicitar el Referendo Revocatorio echó por tierra varios mitos de los que suelen anegar ciertos medios y en especial las redes sociales. En impresionantes colas por todo el país, y con la sencilla arma de una pluma y sus cédulas, nuestros compatriotas reafirmaron por enésima vez su voluntad de solucionar por la vía democrática y electoral la desgracia histórica que nos ha tocado; esto es, con participación masiva, abierta y transparente y no en escenarios de élite, ni mediante conspiraciones palaciegas, ni con discutibles expedientes leguleyos y notariales. Es también un contundente mensaje a la pandilla que se mantiene atrincherada en el poder sobre resortes institucionales vencidos, ilegítimos y fraudulentos.
Pese a la victoria que significa haberle arrancado a Tibisay Lucena la planilla que mantenía secuestrada y haber decuplicado en 72 horas el monto de firmas requeridas, la ruta hacia el Referendo Revocatorio sigue siendo una empinada cuesta llena de baches, sorpresas e impensables trampas. Los voceros públicos del gobierno, así como sus agentes de guerra sicológica, no se cansan de enfatizar las trabas que interpondrán en nuestro camino. Y para ello cuentan con el altavoz adicional que se les presta desde sectores de oposición cuya agenda de poder no se compagina con la salida electoral y democrática representada por el Revocatorio.
Desde una visión política convencional resulta obvia la necesidad de administrar la información de los desafíos que nos esperan e irlos develando en cada paso. Para ello se cuenta con el prestigio y la credibilidad de Henrique Capriles, quien se hizo líder de esta nueva batalla. Él tiene la misión de mantener en alto la moral ciudadana sin tener que develar al detalle los abismos que nos esperan; y lo ha ejecutado notablemente: sin ocultar lo arduo que será el camino, pospone para su momento la explicación de cada tarea particular en este intrincado proceso. Especial labor la cumple en este plano el periodista Eugenio Martínez -@puzkas-, quien con honesta paciencia y propiedad nos informa de los aspectos particulares.
La principal duda ciudadana acerca del Referendo Revocatorio es si seremos capaces de hacer realidad el acto de votación antes del 10 de enero de 2017, fecha en que se cumple el cuarto año del período constitucional, pues como todos sabemos el referendo valdrá para muy poco si se produce luego de cumplirse el cuarto año del período, pues se mantendría el régimen hasta 2019. Carece de relevancia debatir si el período comenzó el 10 de enero o el 15 de abril de 2013, día en que Maduro fue proclamado por el CNE tras la dudosa victoria del día anterior, porque la fecha será la que diga la perversa Sala Constiucional del TSJ, cuyo “dictamen” será el que más convenga al régimen en cada circunstancia.
Mi conocida adhesión a la opción revocatoria y el enfoque ciudadano que he decidido mantener durante estos años me llevó a indagar con precisión cuáles son exactamente los obstáculos que nos esperan para alcanzar el referendo y a responder por mis propios medios la pregunta sobre si es posible hacerlo en este año y con el Reglamento vigente. Descarté la opción de atar la promoción del RR a la aprobación de una Ley de Referendos pues, aunque esa es una potestad indiscutible de la Asamblea Nacional y esa ley aliviaría mucho el engorroso proceso actual, no tengo dudas de adónde terminará su texto una vez que la AN lo apruebe. Por fortuna, así lo entendieron también los políticos que se atrevieron a emprender el camino revocatorio sin esperar que la ley fuera aprobada, arriesgándose por la pedregosa, nublada y espinosa senda que nos colocaron las rectoras del CNE con el reglamento vigente.No fue una búsqueda sencilla la de ese reglamento. Para empezar, la única versión que se encuentra en la página Web del CNE no es la vigente. Esta sólo la pude encontrar en la página de Súmate -www.sumate.org- en una versión facsimilar de la Gaceta Electoral No. 405, cuya fecha no aparece allí pero la resolución es del 6 de septiembre de 2007. Ese último Reglamento, titulado NORMAS PARA REGULAR EL PROCEDIMIENTO DE PROMOCIÓN Y SOLICITUD DE REFERENDOS REVOCATORIOS DE MANDATOS DE CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, reemplazó al dictado apenas 7 meses antes –el 7 de febrero de 2007- y contiene una cantidad tan grande y profunda de modificaciones que lo convierten en un muro similar al que Donald Trump quiere edificar en la frontera de USA con México. Si la versión de febrero era restrictiva e inconstitucional, la de septiembre –hoy vigente- es de un burocratismo y perversidad difíciles de creer. A ese muro nos enfrentamos y por encima de él saltaremos, no tengo dudas.
Antecedentes.-
Como sabemos, la Constitución solo exige dos requisitos para convocar referendos revocatorios: 1. Que haya transcurrido la mitad del período del funcionario revocable; y 2. Que lo solicite mediante firmas un 20% del padrón electoral de la circunscripción gobernada por dicho funcionario. Para que se produzca la revocación del mandato la Carta Magna exige dos requisitos: 1. Que lo vote favorablemente una cantidad de electores igual o mayor que la que votó en favor de la elección del funcionario; y 2. Que en el referendo participe no menos del 25% del padrón electoral de la circunscripción. La ya miserable en aquella época (no la voy a llamar inefable) Sala Constitucional del TSJ le añadió a la Constitución un tercer requisito que ella no contiene: Que la cantidad de votos favorables para revocar sea mayor que los votos negativos para ello, con lo cual convirtió al Referendo en una elección o plebiscito. Recuerdo bien que en aquel año 2004 el -este sí- inefable y también de lo otro Herman Escarrá pidió sin éxito al TSJ que desestimara el nuevo requisito por inconstitucional.
Parece sencillo: para convocar un Referendo Revocatorio se requiere que un grupo de ciudadanos reúna las voluntades del 20% de los ciudadanos inscritos en el REP, las presente al CNE y obtenga de este, una vez verificada la autenticidad de las firmas, una fecha y la organización necesaria para que los ciudadanos voten. Pero ya en 2004 el CNE añadió una serie de requisitos formales que retrasaron por casi un año entero el acto de votar, obligándonos a recoger las firmas ¡tres veces!; ello le concedió a Chávez un tiempo precioso para adelantar medidas populistas, repartir a manos llenas los dineros públicos e incorporar a 2 millones de nuevos inscritos en el REP, para obtener una victoria que se vio amplificada por el ventajismo propagandístico y por la suma de votos en las recién estrenadas máquinas de votación, en aquellos centros donde no había testigos opositores.
En aquel momento la oposición denunció un fraude masivo, con la hipótesis de que las nuevas máquinas Smartmatic permitían a los laboratorios del régimen intervenir dicha transmisión en su ruta hacia el centro de cómputos y adulterar los datos originales. Luego de un gran debate y de una amplia investigación interdisciplinaria, la verdad es que no pudimos demostrar que el fraude se había realizado de esa manera y en ese segmento del proceso. Yo mismo filmé mucho material para realizar un documental sobre el fraude y al cabo de unos meses decidí no postproducirlo por carecer de elementos evidenciales creíbles sobre aquella hipótesis. En realidad el fraude consistió en haber retrasado la votación el tiempo suficiente para mudarla, del momento en que presentamos por primera vez las firmas y Chávez lo hubiese perdido abiertamente hasta el momento en que la curva de rechazo había variado en su favor, a lo cual se añadieron las trampas y ventajismos antes referidos.
Como epílogo de aquella tramoya, el régimen obtuvo la lista de quienes firmamos para solicitar el Referendo y la utilizó para ejercer una brutal represalia contra funcionarios públicos, empresarios, estudiantes becarios y hasta militares o sus familiares, cuyas voluntades se encontraban allí. Fue la funesta “Lista de Tascón”, en “honor” del diputado que obtuvo del CNE la nómina y la publicó en Internet. Esta maniobra tuvo enormes consecuencias en el proceso político posterior, y continúa teniéndola en el debate actual sobre la conveniencia del Referendo Revocatorio.
La oposición venezolana y los ciudadanos demócratas aprendimos mucho de aquella experiencia y hoy nos encontramos mejor preparados mental y organizativamente para encarar el nuevo desafío revocatorio. Pero el régimen y sus perversos asesores y operadores electorales también aprendieron lo suyo; y el resultado son esas Normas. Un Reglamento pensado una vez y corregido 7 meses después, con el único propósito de incrementar y sofisticar las alcabalas para retrasar hasta abolirlo el derecho consagrado en el artículo 72 de la Constitución.
Las Normas tienen un propósito adicional, quizá más importante que el boicot y retraso de la acción ciudadana: desalentar a posibles interesados en utilizar el derecho de revocar a funcionarios protegidos por el régimen, en especial al presidente de la República. Tal objetivo se ha cumplido en buena medida en estos meses, cuando sectores de oposición con escaso apoyo popular pero poderosos altavoces mediáticos y cibernáuticos se han valido de las normas para desestimar el camino revocatorio: “Con esas normas y ese CNE será imposible hacer el Referendo antes de 2017”; argumento que suman al que ya tiene años retumbando: “con la experiencia de la Lista Tascón la gente no se atreverá a firmar nuevamente”.
La segunda prevención ha sido demolida esta semana por los venezolanos, con su asistencia masiva, entusiasta y sin complejos a los puestos de recolección. Son conmovedores los relatos de episodios de la recolección que echan por tierra cualquier duda sobre la voluntad de los ciudadanos de transitar sin miedo esa ruta. La primera comenzó a serlo cuando uno de los partidos de la MUD y uno de los líderes democráticos decidieron emprenderlo ante el escepticismo de los demás; para ello pusieron en juego todo su capital político, porque de fracasar en el intento nulas serían sus posibilidades de sobrevivir al descalabro y el desprestigio. Aún no puedo decir que tuvieron éxito en la tarea entera, pero como comienzo no ha estado nada mal.
¿Podremos hacer el Revocatorio antes de 2017?
Con el reglamento a la vista demostraré que sí podemos realizar el RR este año. Para ello requeriremos unidad, serenidad, constancia, claridad política, firmeza, audacia responsable y mucha valentía de nuestros dirigentes y ciudadanos. Un conjunto de atributos difícil de reunir en cualquier circunstancia pero que en este momento se está configurando con bastante rapidez, luego de varios meses de preocupante entropía. Lo sucedido esta semana apoya esta afirmación.
La primera acción que la Normas exigen para activar el RR es constituir una “Agrupación de Ciudadanas y Ciudadanos” que lo promueva y solicite. La MUD, única organización opositora registrada hoy ante el CNE (porque al adoptar la tarjeta única los partidos originales sacrificaron su registro legal) pidió como tal que se la considerase Agrupación Promotora, y el CNE le respondió que tenía que llevar una constancia firmada por sus militantes de base (equivalente al 0.1% de los electores de todos los estados del país) en la cual ellos le pidieran a la MUD que hiciera esa gestión. Son apenas 2000 firmas, pero el requisito no está siquiera en las Normas publicadas, lo inventaron a última hora para retrasar. Las firmas se llevaron a las 48 horas, pero la respuesta del CNE, necesaria para el paso siguiente, se tardó dos semanas.
El paso siguiente es en realidad el primero de las Normas y consiste en reunir firmas por el 1% del padrón electoral para constituir la referida “agrupación de ciudadanas y ciudadanos”. Es para eso que se requería la planilla que tardaron dos meses en entregar y con la cual se obtuvo el maravilloso resultado de dos millones de firmas en tres días, diez veces más que lo requerido. Lo importante de este paso es que a partir de él, cuando la MUD entregue el martes esas firmas se iniciará un proceso operativo cuyos lapsos ya no están en la voluntad de Maduro y de las rectoras sino escritos en unas Normas con valor legal. Por eso retrasaron tanto la entrega de la planilla, porque hasta ahí los lapsos eran discrecionales. Ya no.
A partir de la entrega de las firmas comenzará un proceso cuyos lapsos son mixtos en cuando a la calidad de los días referidos: unos son en días hábiles y otros en días continuos. Hay que decir que en el reglamento previo al vigente casi todos los plazos eran en días continuos, salvo un par de lapsos breves –de dos y tres días, al principio del proceso- en el que debían ser hábiles; es obvio que se dieron cuenta de ese detalle y decidieron añadir días hábiles que les permitieran extender los lapsos a conveniencia.
Lo anterior parece un detalle sin importancia, sólo que en esta oportunidad constituye un punto clave alrededor del cual gira nuestra posibilidad de cumplir o no la meta de revocar a Maduro antes de 2017. Porque, en el marco de la actual situación de sólo dos días de labor en el sector público, ¿son hábiles o continuos para el CNE los días miércoles, jueves y viernes en los que estará cerrado “a causa de crisis eléctrica”? El rector Rondón y el ex-rector Vicente Díaz se han apresurado a proclamar que se los debe considerar días hábiles aunque esté cerrado el CNE, pues “no hábiles” son sólo los feriados legales del calendario laboral nacional. Son argumentos inobjetables, pero ¿opinarán igual las 4 rectoras que conforman una perversa mayoría oficialista en el organismo… o las salas electoral o constitucional, adonde iría a parar cualquier arbitraje?
Vaticino que los días en los que esté cerrado el CNE por el decreto de emergencia eléctrica serán considerados “no hábiles” por el CNE y el TSJ. Es más, creo que el único objeto de la suspensión de labores en el sector público es reducir el número de días hábiles para retrasar los procesos de convocatoria del RR. Los especialistas han demostrado que más electricidad consumen los funcionarios públicos en sus casas que trabajando en sus oficinas. Por ello, la próxima batalla que ha de librar la MUD con el apoyo decidido de la ciudadanía es la de excluir de ese decreto al CNE, o por lo menos a las oficinas y funcionarios electorales encargados de cada proceso de revisión. Para ello dispone de un inobjetable argumento legal y político: la solicitud de 2.5 millones de venezolanos para que se abra un proceso revocatorio al presidente constituye un asunto de interés público, una condición que está presente en el decreto de emergencia eléctrica como causa para excluir a determinados organismos y actividades del cierre de labores.
Por supuesto que no basta un buen argumento para torcer la voluntad de este régimen, el mismo tendrá que estar acompañado de mucha firmeza de parte de la MUD, no sólo de sus dirigentes y partidos sino sobre todo de los ciudadanos, quienes debemos acompañar las exigencias con una activa movilización pacífica pero enérgica. La voluntad del régimen de pisotear toda lógica queda retratada con el tuit de la rectora Tania D’Amelio este domingo: “Se debe cumplir el lapso de 30 días fijado para la recolección del 1% de manifestaciones de voluntad para pasar a la fase de constatación”. Este absurdo legal, que equivale a proclamar que no se puede declarar o pagar el Impuesto sobre la Renta antes del 31 de marzo o pagar la factura telefónica o de luz antes del día que te la van a cortar, será sin duda ratificado por la mayoría del CNE, y por el TSJ si fuere necesario. Imaginen la presión que tendremos que aplicar de inmediato para revocar esa estúpida pretensión de la rectora D’Amelio. Y tendremos que lograrlo, porque de lo contrario podríamos irnos olvidando de hacer el RR en 2016. Sugiero que mientras presionamos para que nos reciban y revisen ya esas firmas, podríamos continuar en esos días la recolección, para alcanzar los 4 millones que se requieren para convocar el referendo; si bien esa cantidad de voluntades no tendría valor legal para el efecto de convocar, tendría un enorme valor político y propagandístico ante los ojos del país –opositor y chavista- y ante la comunidad internacional.
Es necesario dibujar con claridad a todos nuestros compatriotas la etapa en la que entraremos luego de entregar positivamente al CNE las firmas recabadas esta semana. Hasta 195.721 firmantes deberán acudir a las oficinas del CNE de su respectivo estado a confirmar que ellos son las personas que firmaron la planilla, ¿qué tal? Allí pondrán su dedo pulgar (¿o todos?, no lo sé) en una máquina captahuella. Como se ve, esta es una tarea que exige de esos ciudadanos un compromiso mayor que el de estampar una simple firma, y requisitos de valor físico superiores al común.
Porque en las cercanías de cada oficina del CNE serán apostadas bandas de fascinerosos como los que cayapearon a Chúo Torrealba, debidamente protegidas por la GNB y la PNB, para hostigar, amenazar y hasta agredir a quienes vayan a confirmar sus firmas. Estoy seguro que quienes dirigen esto están seleccionando, entre los millones de firmantes, a un núcleo de 200 mil militantes y ciudadanos muy firmes y combativos para realizar una tarea sin duda heroica. Y deberá procurarse una observación diplomática, periodística y ciudadana que dé cuenta de las barbaridades que intentarán para evitar que ellos lleguen a sus destinos.
Esto trae a la reflexión otra decisión a ser tomada por nuestros dirigentes: ¿se deberán entregar al CNE los 2.5 millones de firmas recabadas o sólo una cifra razonablemente superior a la cota del 1%? Porque al entregarlas todas correríamos el riesgo de que el malévolo Jorgito Rodríguez ordene que se las revise todas y con ello retrasar considerablemente dicho proceso; y además le estaríamos entregando tempranamente a un malvado enemigo los datos de nuestros firmantes. La lista que irá al CNE debe considerar, además del compromiso y el valor de los que vayan a confirmar, su condición de ciudadanos no chantajeables con amenazas de despido u otras represalias.
Hay 4 escenarios, por ahora
La revisión de las Normas del CNE nos lleva a estimar cuatro escenarios, según se apliquen o no las versiones del decreto de emergencia eléctrica. Los vamos a presentar desde el más optimista hasta el más pesimista. Lo de “por ahora” viene al caso por la posibilidad de que surjan -de la mente torcida de Jorgito Rodríguez, nombrado plenipotenciario de Maduro para cerrar el camino del Referendo- nuevas tretas y absurdos obstáculos como el asomado por la rectora D’Amelio.
Escenario 1:
Considera que los días no laborables no afectan el calendario del Revocatorio o que se excluye al CNE de no trabajar los días señalados en el decreto, y que nos reciben las firmas el 3 de mayo. Este es el calendario de tal escenario:
ARTICULO Y PROCEDIMIENTO | LAPSO MÁXIMO | VENCIMIENTO LAPSO |
Presentación de Agrupación Ciudadana | Realizado | 26 de abril |
Art. 10.4. Recolección de firmas del 1% | 30 días continuos | 3 de mayo (a entrega) |
Art. 10.5. CNE cuenta las firmas | 5 días continuos | 8 de mayo (domingo) |
Art. 10.5. CNE solicita validación de firmas | NA | 9 de mayo (lunes) |
Art. 10.5. Validación de firmas | 5 días hábiles | 16 de mayo |
Art. 10.7.g. Revisión por el CNE de firmas | 20 días hábiles | 13 de junio |
Art. 20. CNE emite constancia de Participación | Inmediato | 13 de junio |
Art. 20. Pasa a Comisión de Participación y Financiamiento | 2 días hábiles | 15 de junio |
Art. 21. Comisión de P y F revisa la Solicitud | 15 días continuos * | 30 de junio |
Art. 24. CNE establece sitios de recolección | 15 días hábiles | 22 de julio |
Art. 26. Recolección de firmas | 3 días seguidos | 25, 26, 27 de julio |
Art. 28. Revisión de la firmas por la JNE | 15 días hábiles | 17 de agosto |
Art. 28 Convocatoria del Referendo | 3 días continuos | 20 de agosto |
Art. 30. Realización de las votaciones | Hasta 90 días | 20 de noviembre |
* 15 días continuos desde entrega de la Constancia | ||
El Referendo se haría máximo el 20 de noviembre, con un margen holgado para hacerlo en 2016. Es el escenario menos probable, a mi juicio.
Escenario 2:
Con tres condiciones: a) que los Días No Laborables incluyan al CNE y por ello afecten el calendario del Revocatorio. b) que la suspensión laboral de los miércoles y jueves sea sólo por los 10 días hábiles señalados por Maduro, quedando la suspensión sólo los viernes (para el ejercicio lo he extendido hasta el 15 de mayo); y c) que el decreto que suspende labores los viernes termine el 6 de junio, tal como lo establece su texto. Este sería el calendario:
ARTICULO Y PROCEDIMIENTO
|
LAPSO MÁXIMO
|
VENCIMIENTO LAPSO
|
Presentación de Agrupación Ciudadana
|
Realizado
|
26 de abril
|
Art. 10.4. Recolección de firmas del 1%
|
30 días continuos
| 2 de mayo |
Art. 10.5. CNE cuenta las firmas | 5 días continuos | 7 de mayo (cae sábado) |
Art. 10.5. CNE solicita validación de firmas | NA | 9 de mayo (lunes) |
Art. 10.5. Validación de firmas | 5 días hábiles | 19 de mayo |
Art. 10.7.g. Revisión por el CNE de firmas | 20 días hábiles | 21 de junio |
Art. 20. CNE emite constancia de Participación | Inmediato | 21 de junio |
Art. 20. Pasa a Comisión de Participación y Financiamiento | 2 días hábiles | 23 de junio |
Art. 21. Comisión de P y F revisa la Solicitud | 15 días continuos | 6 de julio |
Art. 24. CNE establece sitios de recolección | 15 días hábiles | 27 de julio |
Art. 26. Recolección de firmas | 3 días seguidos | 29, 30, 31 de julio |
Art. 28. Revisión de la firmas por la JNE | 15 días hábiles | 19 de agosto |
Art. 28 Convocatoria del Referendo | 3 días continuos | 22 de agosto |
Art. 30. Realización de las votaciones | Hasta 90 días | 22 de noviembre |
Escenario 3:
Sí cuenta el decreto, la suspensión laboral de martes y mércoles cesa el 15 de mayo y el decreto se extiende por 1 mes, hasta el 6 de julio. Este sería el calendario:
ARTICULO Y PROCEDIMIENTO | LAPSO MÁXIMO | VENCIMIENTO LAPSO |
Presentación de Agrupación Ciudadana | Realizado | 26 de abril |
Art. 10.4. Recolección de firmas del 1% | 30 días continuos | 3 de mayo |
Art. 10.5. CNE cuenta las firmas | 5 días continuos | 8 de mayo (domingo) |
Art. 10.5. CNE solicita validación de firmas | NA | 9 de mayo (lunes) |
Art. 10.5. Validación de firmas | 5 días hábiles | 19 de mayo |
Art. 10.7.g. Revisión por el CNE de firmas | 20 días hábiles | 23 de junio |
Art. 20. CNE emite constancia de Participación | Inmediato | 23 de junio |
Art. 20. Pasa a Comisión de Participación y Financiamiento | 2 días hábiles | 28 de junio |
Art. 21. Comisión de P y F revisa la Solicitud | 15 días continuos | 8 de julio |
Art. 24. CNE establece sitios de recolección | 15 días hábiles | 29 de julio |
Art. 26. Recolección de firmas | 3 días seguidos | 5, 6, 7 de agosto |
Art. 28. Revisión de la firmas por la JNE | 15 días hábiles | 26 de agosto |
Art. 28 Convocatoria del Referendo | 3 días continuos | 29 de agosto |
Art. 30. Realización de las votaciones | Hasta 90 días | 29 de noviembre |
Escenario 4:
Se extiende el decreto hasta diciembre, incluida la suspensión de labores los días miércoles, jueves y viernes. Este sería el calendario:
ARTICULO Y PROCEDIMIENTO | LAPSO MÁXIMO | VENCIMIENTO LAPSO |
Presentación de Agrupación Ciudadana | Realizado | 26 de abril |
Art. 10.4. Recolección de firmas del 1% | 30 días continuos | 3 de mayo |
Art. 10.5. CNE cuenta las firmas | 5 días continuos | 8 de mayo (domingo) |
Art. 10.5. CNE solicita validación de firmas | NA | 9 de mayo (lunes) |
Art. 10.5. Validación de firmas | 5 días hábiles | 24 de mayo |
Art. 10.7.g. Revisión por el CNE de firmas | 20 días hábiles | 8 de agosto |
Art. 20. CNE emite constancia de Participación | Inmediato | 8 de agosto |
Art. 20. Pasa a Comisión de Participación y Financiamiento | 2 días hábiles | 15 de agosto |
Art. 21. Comisión de P y F revisa la Solicitud | 15 días continuos | 23 de agosto |
Art. 24. CNE establece sitios de recolección | 15 días hábiles | 17 de octubre |
Art. 26. Recolección de firmas | 3 días seguidos | 19, 20, 21 de octubre |
Art. 28. Revisión de la firmas por la JNE | 15 días hábiles | 12 de diciembre |
Art. 28 Convocatoria del Referendo | 3 días continuos | 15 de dicembre |
Art. 30. Realización de las votaciones | Hasta 90 días | 15 de marzo 2017 |
Como vemos, todo augura que la conquista del Referendo Revocatorio será quizá la empresa más esforzada de todas las que ha emprendido nuestra oposición democrática en estos casi 18 años. En ella nos tendremos que jugar el resto, porque, pese a lo intrincado del camino, no hay a la vista otro que nos permita superar esta desgracia histórica en el plazo que lo requiere nuestro país. Capriles tendrá que demostrar de qué está hecho como líder: presionar cuando tenga que presionar, dialogar cuando exista un resquicio para hacerlo, y jugarse por entero cuando no exista otra alternativa que ir a fondo. En ello se juega su destino político. Sé que él lo entiende y no tengo dudas de que estará a la altura del desafío.
Primero Justicia y la MUD deberán encabezar la lucha unitariamente y deberán ser desechados los cálculos partidistas y personales. Y prestar oídos sordos a las boberías tipo Partida de Nacimiento o Doble Nacionalidad; que gestionen eso los que en ello crean. La Carta Democrática sería una herramiento útil y complementaria, pero no decisiva, sólo debemos pedirla si estamos seguros de contar con los votos para alcanzarla.
Finalmente, el Referendo Revocatorio será el arma que desalojará a esta pandilla del poder aunque no lleguemos al acto de votar, una opción nada descartable y yo diría que altamente probable. Empoderar a la ciudadanía con estos 2.5 millones de firmas ha sido un paso formidable, mucho mayor que lo que representa en un cronograma leguleyo y burocrático. Si antes de que termine septiembre logramos llegar al período de recolección de los 4 millones de firmas (que podrían muy bien ser los 7.6 millones de una vez), este gobierno se derrumbará y no creo que se atreva a desafiar a un pueblo de tal manera expresado y empoderado. Una voluntad así contada y certificada sí que estaría en condiciones de pedir renuncias y obtenerlas.
No soy particularmente creyente, pero me cabe orar: “Dios bendiga a los venezolanos en la causa histórica que ahora emprendemos”.
@TUrgelles
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