Nosotros, Teodoro Petkoff, Francisco Layrisse, Manuel Puyana y Juan
Antonio Golía, venezolanos, denunciamos que el ciudadano Diosdado Cabello,
presidente de la Asamblea Nacional de la República de Venezuela, en uso y abuso
de su poder, manipulando el sistema judicial, nos ha acusado penalmente, en
nuestro carácter de directores del diario TalCual, por la supuesta difamación
agravada de la cual habría sido objeto, a raíz de un artículo de opinión
publicado en este diario el 17/1/2014, suscrito por un articulista
independiente, quien le atribuye una frase que Cabello niega haber dicho, la
cual reza: “Si no les gusta la inseguridad váyanse”.
Según la apoderada de Cabello, los directores
hemos actuado “con la intención consciente de difamar”, y, “la intensión (sic)
de dañar la reputación y decoro que caracteriza” (al denunciante). Asienta
además que nosotros nos hacemos “eco de tales divulgaciones, así como permitir
dicha publicación sin la debida revisión de la veracidad de la misma”, lo cual
sugiere la existencia de una censura previa, expresamente prohibida en nuestra
Constitución.
Más allá del fondo del asunto, el demandar
penalmente a los directores de un diario por el contenido de un artículo de
opinión suscrito por un articulista independiente, constituye un acontecimiento
inédito que pone de manifiesto la censura a la libertad de expresión a la que
estamos sometidos en Venezuela, política de Estado que se ha manifestado en
este régimen totalitario a través de distintos mecanismos: cierre de medios de
comunicación, compra de medios, leyes inconstitucionales de control de la
información, presiones fiscales, falta de papel para los periódicos, multas y
acosos de todo tipo, y en el caso específico, persiguiendo penalmente a los
directores del diario TalCual, ajenos por completo al supuesto delito cometido,
con penas de prisión de hasta cuatro años.
Cabe destacar que la jueza que conoce del
asunto, nos ha impuesto medidas cautelares gravosas e ilegítimas, que incluyen
la prohibición de salida del país y un régimen de presentación cada ocho días,
sin que exista razón alguna para ello, ya que, amén de la naturaleza del
supuesto delito, uno de los requisitos para dictar estas medidas es que exista
una presunción razonable de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda
de la verdad. Ello se traduce en un elemento adicional que pone de manifiesto
cómo el poder judicial está al servicio de un régimen opresor de los derechos
humanos universales.
Alertamos a la opinión pública, así como a los
organismos competentes, nacionales e internacionales, sobre esta grave
situación, la cual es una prueba más, insistimos, de la falta del estado de
derecho de un país inmerso en una pérdida acelerada y progresiva de los valores
democráticos más elementales.
Caracas, 6 de Marzo de 2014
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