¿Qué puede hacer la oposición venezolana con 101 diputados? ¿Y con 110?
Ewald Scharfenberg
EL PAÍS
Hasta ahora, el chavismo contaba con 101 diputados, lo que convertía la Asamblea Nacional en un virtual apéndice del Poder Ejecutivo. El objetivo de la oposición ha sido, como mínimo, alcanzar una mayoría calificada, es decir, proporciones mayores en la composición de la Asamblea, porque eso le permitirían adoptar decisiones de gran calado, como la declaración de “falta absoluta” del presidente de la República. La Mesa de Unidad Democrática (MUD) tiene al menos 99 curules (escaños) frente a los 46 del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), que hasta estas elecciones tenía 66 representantes. Hay aún 22 escaños sin adjudicar que definirán el grado de poder con el que contarán los ganadores.
Estos son los diferentes escenarios abiertos ahora y las posibilidades de acción:
Mayoría simple (84 curules de un total de 167)
Este resultado —aunque es inestable dentro de la volatilidad de lealtades que suelen mostrar los diputados venezolanos— sirve para promulgar leyes regulares, aprobar (o vetar) nombramientos, entre otras atribuciones. Con este escenario se puede designar la junta directiva de la cámara, que tomará posesión el 5 de enero de 2016. Con esta mayoría la MUD designar a los magistrados del Tribunal Supremo o al fiscal general. También podría aprobar una ley de amnistía que permitiría liberar a varios opositores presos, como el líder de Voluntad Popular, Leopoldo López, condenado a 13 años de cárcel. Con ese resultado podría proponer un voto de censura al vicepresidente ejecutivo y a los ministros y autorizar el enjuiciamiento del presidente.
Tres quintos (a partir de 101)
La primera de esas mayorías calificadas corresponde a tres quintos de los escaños, o 101 diputados. Con esta cantidad, la mayoría parlamentaria puede aprobar leyes habilitantes para el Poder Ejecutivo —como la que actualmente dispone Nicolás Maduro, que le permite legislar en materias de economía y seguridad nacional—; o emitir votos de censura contra los integrantes del gabinete ministerial y el vicepresidente Ejecutivo de la República.
Dos tercios (112)
Las posibilidades se amplían con una mayoría de dos tercios de la cámara, equivalente a 112 diputados. De acuerdo con la Constitución vigente de 1999, una mayoría de esa naturaleza contaría con los votos suficientes para designar o remover a las autoridades de otros poderes, como los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) o los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE). Además, con dos tercios de la asamblea se pueden promover referendos, reformas constitucionales y asambleas constituyentes, así como promulgar leyes orgánicas, como se conocen en Venezuela las leyes que desarrollan derechos fundamentales o sirven de marcos conceptuales para otras leyes y reglamentos. También someter tratados internacionales a referendo en caso de que atenten en contra de la soberanía nacional.
Del número de votos que el domingo alcanzado por las partes, y los escaños que de esos votos se deriven, se conocerá de qué intensidad será el contrapeso de la Asamblea ante el poder omnímodo ejercido por el presidente por más de 10 años. Ya en las elecciones parlamentarias de 2010 las fuerzas opositoras cosecharon un número total de votos mayor que el del oficialismo; sin embargo, obtuvieron menos puestos. El diseño de los circuitos electorales favorece a las circunscripciones rurales, que eligen a un diputado con menos votos que las urbanas. Ese desbalance se mantiene en estas elecciones, en las que los circuitos que concentran a 52% de los votantes eligen el 38% de los diputados.
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