La Oficina de Naciones Unidas para los Derechos Humanos rechazó hoy
la autorización dada a las Fuerzas Armadas venezolanas para que puedan
participar en tareas de represión de las manifestaciones y que en ellas
se les permita el uso de armas de fuego.
“Estamos preocupados por la reciente resolución 008610 del ministerio
de Poder Popular para la Defensa de la República Bolivariana de
Venezuela que describe las normas de comportamientos de las Fuerzas
Armadas cuando controla asambleas y manifestaciones públicas”, señaló en
una rueda de prensa Rupert Colville, portavoz de la Oficina.
Una resolución del Ministerio de la Defensa de Venezuela indica que
las Fuerzas Armadas podrán aplicar el “método del uso de la fuerza
potencialmente mortal” durante manifestaciones, cuando la situación lo
requiera.
“El uso del Ejército para acciones de imposición de la ley debería
ser un método excepcional de responder a una situación de emergencia,
cuando hay una necesidad de apoyar a la policía civil”, señaló el
portavoz.
“En esos casos, el uso del Ejército debería ser sólo temporal y los
militares deberían actuar bajo comando y control civil”, agregó
Colville.
La resolución establece las “normas sobre la actuación de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana en funciones de control de orden público, la
paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y
manifestaciones”.
El escrito oficial ofrece una explicación dirigida a los funcionarios
de orden público sobre cómo hacer el “uso progresivo y diferenciado de
la fuerza” y ubica en último lugar la aplicación “del método del uso de
la fuerza potencialmente mortal bien con el arma de fuego o con otra
arma potencialmente mortal”.
Se indica en otro punto, sin embargo, que los funcionarios policiales
“no portarán ni usarán armas de fuego en el control de reuniones
públicas y manifestaciones pacíficas, a menos que, por la necesidad y
proporcionalidad de los medios empleados para contrarrestarla sea
necesario su porte y uso”.
“En línea con los estándares internacionales, el uso de la fuerza
letal debe ser la última opción, sólo aplicada bajo los principios de
necesidad y proporcionalidad, y sólo en situaciones donde es
estrictamente inevitable para proteger la vida”, afirmó el portavoz.
Colville recordó que el artículo 68 de la Constitución venezolana
señala que “se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en
el control de manifestaciones pacíficas”.
“Urgimos al gobierno venezolano a que no use armas de fuego en el
control de manifestaciones pacíficas, y que se adhiera en todas
circunstancias a los Principios Básicos de la ONU sobre el Uso de la
Fuerza y Armas de Fuego por los Funcionarios que aplican la ley, y a sus
propia Constitución”, concluyó. EFE
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