domingo, 11 de agosto de 2019

LAS MEDIDAS DE TRUMP: NI  BLOQUEO,


NI EMBARGO, SOLO MÁS PRESIÓN


EMILIO NOUEL V.

No pocos han opinado sobre el reciente decreto de Trump que afecta a Venezuela, unos apoyándolo y otros cuestionándolo. 


Y a uno no le queda otra que comentarlo también, sobre todo, porque se dicen cosas que no se corresponden con lo que realmente significa ese dispositivo legal. 


El gobierno norteamericano aprobó una regulación interna que contiene, por un lado, el impedimento de transar operaciones comerciales respecto de bienes del Estado venezolano en EEUU y por otro, la posibilidad de eventuales sanciones, particularmente, para quienes negocien con el gobierno usurpador; no para los venezolanos en general. 


Mediante esa executive order, en lenguaje legal nuestro, se prohíbe enajenar, gravar o dar en pago los activos y propiedades del Estado venezolano en EE.UU. Esta medida tiene dos virtudes prácticas: por un lado, salvaguarda estos últimos de la acción nefasta dilapidadora y corrupta del régimen chavista, y por otro, impide que los acreedores de Venezuela tomen esos bienes. La medida protege los activos de todos los venezolanos.


No se trata de un “bloqueo” o embargo a Venezuela, como el gobierno y otros lo han querido hacer ver, buscando semejanzas con el caso cubano, cuyo embargo, sabemos que fue burlado echando mano de empresas registradas por los Castro en México, Panamá y otros sitios. En este caso, por cierto, queda claro que las penurias del pueblo cubano no proceden de esa circunstancia -chivo expiatorio de los castristas- sino de la instauración de un sistema colectivista comunista hambreador, ineficiente y corrupto, y esto a pesar de que recibían anualmente más de 4.000 millones de dólares de subsidio de la Unión Soviética. 


El decreto trumpiano utiliza la palabra “blocking”, y el común, incluidos los periodistas, tienden  a dar un significado que no es el adecuado. Se piensa, por ejemplo, que EEUU bloquearía las entradas a nuestro país por mar, tierra y aire, y que ningún bien podrá ingresar o salir. Y no es así. 


El “bloqueo” al que se refiere el decreto es al que señalamos más arriba: Es un impedimento para disponer de los activos del Estado venezolano en ese país, por tanto, se equivocan también los que hablan de extraterritorialidad, tema éste de interés jurídico internacional muy importante, pero que en el marco limitado de estas líneas no podemos desarrollar. Solo diremos sobre este asunto, que hay algunos países que aplican la extraterritorialidad de sus leyes cuando les conviene, y la impugnan solo cuando se las aplican a ellos, demostrando así un doble rasero.         


Así mismo, jurídicamente hablando, embargo, otra palabra utilizada en estos días, tampoco se corresponde con nuestro ordenamiento jurídico ni con el norteamericano, si lo contrastamos con lo que se establece en el decreto. Para la legislación de EEUU, embargo es una incautación o toma (seizure) de un bien, lo cual no es lo que ocurre en nuestro caso. Vemos que CITGO, por ejemplo, sigue gestionada por venezolanos. 


Otro motivo de controversia es el relativo a los efectos que tendría la nueva executive order para los venezolanos de a pie en el mediano o largo plazo, en el caso de que se prolongue en el tiempo.


Resulta difícil preverlo. Depende de varios factores, entre ellos, la duración de la medida y la forma como la asuman empresas extranjeras que comercian con Venezuela, algunas de las cuales, para curarse en salud, se podrían abstener de realizar operaciones con empresas privadas de nuestro país (lo que ha ocurrido ya), no vaya a ser que las sancionen.



Por lo pronto, en su contenido y en los efectos, la medida no agrega mucho a las que estaban vigentes y a la tragedia nacional que viene de lejos.


Queda claro también que el dispositivo legal tiene excepciones. Las operaciones relativas a alimentos, medicinas y otras mercancías, no deberían verse afectadas, toda vez que están excluidas.  


Ya hemos visto cómo algunos han salido a oponerse al decreto esgrimiendo argumentos poco consistentes y tramposos, señalando que afectará a los más pobres.


Y nos preguntamos: ¿Es que acaso los más pobres no han sido ya hundidos desde hace varios años, mucho antes de las sanciones, en la peor miseria, gracias a la ineficiencia, corrupción y una ideología demencial de un grupo político que ha demolido la economía y las instituciones del país? ¿Es que los derechos humanos de los venezolanos no han sido en extremo pisoteados, independientemente de las sanciones?

Finalmente, no hay que dejar de lado que esta medida debemos situarla en el contexto de la negociación que está en curso para salir de nuestra crisis. 
La tiranía la está usando como pretexto para no volver a la negociación de Barbados. Con mayor razón podrían hacer lo mismo las fuerzas democráticas porque suficientes y graves motivos hay para ello (acoso, persecuciones y detenciones, acoso, censura de medios, etc), y sin embargo, no se han levantado de la mesa.


Es muy probable que luego de los aspavientos y desahogos antiimperialistas, regresen los tiranos con el rabo entre las piernas a Barbados. La alternativa, es decir, dar por concluida su participación en la negociación, será peor para ellos.       
En suma: no hay bloqueo, ni embargo, solo mayor presión a la tiranía.

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