Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Venezuela,
El Parlamento Europeo,
- Vistas sus resoluciones anteriores sobre Venezuela, y en particular las del 3 de mayo de 2018 sobre las elecciones en Venezuela, del 5 de julio de 2018 y del 25 de octubre de 2018, (PPE, S&D, ECR)
- Vista la Declaración del Vicepresidente de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP / HR) en nombre de la UE sobre la situación en Venezuela del 26 de enero de 2019 (S&D)
- Vista la Declaración del Alto Representante en nombre de la UE de 10 de enero de 2019; (S&D modificado)
- Visto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI), (PPE, ECR,
- Vista la Constitución venezolana, y en particular su artículo 233, (S&D, PPE, ECR)
- Visto el artículo 123, apartados 2 y 4, de su Reglamento,
A. Considerando que las elecciones celebradas el 20 de mayo de 2018 se llevaron a cabo sin cumplir las normas internacionales mínimas para un proceso creíble y no respetaron el pluralismo político, la democracia, la transparencia y el estado de derecho; Considerando que la UE, junto con otros países democráticos y organizaciones regionales no reconoció esas elecciones ni las autoridades establecidas por este proceso ilegítimo; (EPP A, S&D C, ECR A, ALDE A)
B. Considerando que el 10 de enero de 2019, Nicolás Maduro, ilegítimamente y contra el orden constitucional, usurpó el poder presidencial ante la Corte Suprema de Justicia; (EPP B, S&D D, ECR C, ALDE B)
C. Considerando que el 23 de enero de 2019, el presidente de la Asamblea Nacional, legítimamente y democráticamente elegido, Juan Guaido, juró como presidente interino de Venezuela, de acuerdo con el artículo 233 de la Constitución venezolana; (EPP C, S&D F, ECR D, ALDE C)
D. Considerando que en los últimos días se han llevado a cabo protestas y manifestaciones masivas en Venezuela (S&D E), mientras que decenas de muertes y varios cientos se reportan en el contexto de manifestaciones y disturbios; Considerando que los actos de violencia y represión de protestas sociales, redadas ilegales, arrestos arbitrarios, incluidos más de 70 menores, la estigmatización y la persecución de activistas de la oposición siguen causando víctimas y graves violaciones de derechos humanos (ALDE D); mientras que se han convocado nuevas protestas durante esta semana (modificada por ALDE);
E. Considerando que la Unión Europea ha pedido reiteradamente el restablecimiento de la democracia y el estado de derecho en Venezuela a través de un proceso político creíble; (EPP D, ECR E, ALDE F)
F. Considerando que, en 2017, el Parlamento Europeo otorgó su Premio Sajarov a la Libertad de Pensamiento a la oposición democrática y los presos políticos en Venezuela; (EPP E, ALDE H)
G. Considerando que la población venezolana se enfrenta a una situación social, económica y democrática sin precedentes, con más de 3 millones de personas que han migrado y que la tasa de inflación ha aumentado en más de 1.650.000%; (S&D A modificado)
H. Considerando que los socios internacionales y regionales, incluida la UE, se comprometieron a contribuir a crear las condiciones para un proceso político pacífico, creíble e inclusivo entre los actores relevantes de Venezuela; considerando que la UE ha reiterado su voluntad de mantener abiertos los canales de comunicación; (S&D G);
I. Considerando que Nicolás Maduro ha rechazado públicamente la posibilidad de celebrar nuevas elecciones presidenciales después de la solicitud formulada por el VP / AR en nombre de la UE para la celebración urgente de elecciones libres, transparentes y presidenciales;
1. Reconoce al Sr. Guaido como el legítimo presidente interino de la República Bolivariana de Venezuela de acuerdo con la Constitución venezolana según lo establecido en su Artículo 233 y expresa su pleno apoyo a su hoja de ruta (PPE 1, ECR 2, ALDE 1);
2. Solicita al Vicepresidente de la Comisión / Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP / AR) junto con los Estados miembros de la UE que tengan una posición fuerte unificada y que también reconozcan a Juan Guaido como el único interino legítimo presidente del país hasta que se puedan convocar nuevas elecciones presidenciales (S&D 4) libres, transparentes y creíbles para restaurar la democracia (ALDE 3); celebra el hecho de que muchos otros Estados democráticos ya hayan reconocido la nueva Presidencia interina; (EPP 2, ECR 3, ALDE 2)
3. Pide a la UE ya los Estados miembros que, en caso de que se apruebe esta decisión, actúen en esta línea y acrediten a los representantes designados por las autoridades legítimas;
4. Condena enérgicamente la feroz represión (ALDE 7), la violencia, los asesinatos y las víctimas; Expresa su solidaridad con el pueblo de Venezuela (S&D 1, ECR 1) y sus sinceras condolencias a sus familiares y amigos; insta a las autoridades venezolanas de facto a que pongan fin a todas las violaciones de los derechos humanos, a que rindan cuentas a los responsables y a que se respeten plenamente todas las libertades fundamentales y los derechos humanos; (EPP 3, S&D 1, ECR 4, ADLE 7);
5. Rechaza cualquier propuesta o intento que pueda implicar el uso de la violencia para la resolución de la crisis;
6. Reitera su pleno apoyo a la Asamblea Nacional, que es el único cuerpo democrático legítimo de Venezuela, y cuyos poderes deben ser restaurados y respetados, incluidas las prerrogativas y la seguridad de sus miembros (S&D 2, ALDE 4)
7. Apoya firmemente el llamamiento del Secretario General de las Naciones Unidas para que se lleve a cabo una investigación independiente y completa de los asesinatos perpetrados, de acuerdo con sus resoluciones previamente aprobadas (ALDE 8);
8. Pide a la VP / AR que se comprometa con los países de la región y cualquier otro actor clave con el objetivo de crear un Grupo de contacto, según lo declarado por las Conclusiones del Consejo del 15 de octubre, que podría mediar para construir un acuerdo sobre la convocatoria Elecciones presidenciales libres, transparentes y creíbles basadas en un calendario acordado, condiciones iguales para todos los actores, transparencia y observación internacional (S&D 5);
9. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, al Vicepresidente de la Comisión / Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Presidente interino legítimo de la República y a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana. de Venezuela, los gobiernos y parlamentos del Grupo de Lima, la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana y el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos. (EPP 4, ECR 5)
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