DICTADURA
vs AUTONOMÍA UNIVERSITARIA
Carlos Canache Mata
El pasado 27 de agosto, la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió la sentencia
N° 324 que, contrariando la Constitución
Nacional, asesta una puñalada a la autonomía universitaria, un principio y
jerarquía de luengo abolengo histórico. En efecto, el artículo 109 de nuestro
Texto Fundamental establece que la comunidad universitaria está integrada por
los profesores, estudiantes y egresados que se dedicarán “a la búsqueda del
conocimiento a través de la investigación científica, humanística y
tecnológica”, y de manera inequívoca dispone que “las universidades autónomas
se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente
de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la
ley”. La Ley de Universidades también define igual integración de profesores,
estudiantes y egresados del claustro universitario., y regula la materia electoral en las instituciones de
educación superior.
La sentencia N° 324 del TSJ ordena la
realización de elecciones de las autoridades rectorales de las universidades
autónomas (públicas) dentro de un plazo de seis meses, siguiendo los términos
pautados en la Ley Orgánica de Educación (LOE), artículo 34, numeral 3,
promulgada en el año 2009, que contempla una composición distinta de la
comunidad universitaria, al incluir en ésta al personal obrero y al personal
administrativo reconociéndoles el derecho al voto, al señalar que la autonomía
se ejercerá mediante las siguientes funciones, he aquí la cita textual de dicho
numeral, “elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia
participativa y protagónica y de mandato
revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos
políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y
profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los
egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento. Se elegirá un consejo
contralor conformado por los y las integrantes de la comunidad universitaria”. En
el marco de su proyecto totalitario, el régimen olvida que es de elemental
conocimiento que la Constitución no puede ser reformada por una ley, ni tampoco
por una decisión judicial como lo pretende la Sala Constitucional del TSJ.
Ramón Escovar León, en artículo publicado el día 3-9-19 en El Nacional web,
hace la siguiente exhortación: “La comunidad universitaria, el mundo académico
y los sectores democráticos del país deben asumir una posición unitaria ante la
decisión 324. Profesores, estudiantes y egresados, en un solo bloque, son la
garantía de que la autonomía universitaria no se perderá”. Ya antes de ese fallo,
se ha obstaculizado la gestión autónoma de las universidades aminorando sus
presupuestos, asaltando sus instalaciones (ejemplo, la toma del Consejo
Universitario de la UCV en el año 2001), y descapitalizando sus recursos
humanos al condenar a sus profesores, por las bajas remuneraciones, a irse del
país.
No es de extrañar esa conducta de un régimen
que en el año 2018 transformó la cárcel de Yare en una Universidad de Ciencias
Políticas ¡con el nombre de Hugo Chávez!, lo que es un oxímoron, es decir, una
universidad con ese nombre es una contradicción en sus propios términos.
Es
oportuno recordar, aunque sea brevemente, la historia de la actual Universidad
Central de Venezuela (UCV). La Universidad de Caracas nace el 22 de diciembre
de 1721, en pleno período colonial venezolano, mediante Real Cédula del Rey
Felipe V que eleva el Colegio Seminario de Santa Rosa de Lima al estatus de
Real Universidad de Caracas (después también Pontificia por Bula de Inocencio
XIII de 1722), y en 1827 Simón Bolívar y el doctor José María Vargas, nombrado
Rector, dictan los Estatutos Republicanos que le conceden la autonomía. Para
asegurar esa autonomía, El Libertador le asignó a la Universidad ricas
haciendas de cacao de Caracas y así garantizar el presupuesto universitario. El
9 de julio de 1811 el Claustro Pleno Universitario respaldó “la independencia
absoluta de la Provincia de Venezuela de toda otra potestad que no emane de la voluntad libre y general
de sus pueblos”. Bajo los gobiernos de Guzmán Blnco y Joaquín Crespo, entre
1870 y 1898, la Universidad pierde su autonomía y su patrimonio material que le
garantizaba su autofinanciamiento. Ildefonso Leal, a manera de resumen, dice
que “desgraciadamente, el ideal bolivariano no fue respetado después por las
montoneras insubordinadas, el caudillismo bárbaro y la autocracia militar
–signos trágicos de nuestra historia política- que despojaron a la universidad
de su autonomía y de sus propiedades”. Los universitarios se enfrentaron a los despotismos de Cipriano Castro y Juan
Vicente Gómez, debiendo recordarse la protesta de la Semana del Estudiante de
1928, al igual que la resistencia librada contra la dictadura (1948-1958) de
Marcos Pérez Jiménez. La vigente Ley de
Universidades, que ratifica la autonomía, se promulgó el 5 de diciembre de 1958 por la Junta de
Gobierno presidida por el doctor Edgar Sanabria. Ahora los universitarios
batallan contra la dictadura que ya
lleva más de 20 años, y acaba de valerse
del TSJ para cercenar la autonomía de la UCV, de tamaña historia, y de otros
institutos de educación superior.
En el prontuario de la dictadura, que ahora
lidera Nicolás Maduro, hay que anotar esta nueva fechoría del TSJ, su
palafrenero judicial, que tanto lo ayuda en su tenebroso empeño de que
Venezuela sea un país de cabezas agachadas, un país embridado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario