jueves, 4 de mayo de 2017

SALIDA DE LA OEA, MANIOBRA CONTRA VENEZUELA


Emilio Nouel V.

El principio jurídico-formal es que todo país puede retirarse de una institución internacional a la que pertenezca, cumpliendo con las solemnidades y requisitos establecidos en el tratado suscrito.

De la misma forma como ingresó, también podrá manifestar su voluntad de separarse,  y de esto se encargan los que representan el país, es decir, el Gobierno.
La Convención de Viena, por ejemplo, en su Parte V, 42.2 establece que “La terminación de un tratado, su denuncia o el retiro de una parte no podrán tener lugar sino como resultado de la aplicación de las disposiciones del tratado…..”, lo cual “no menoscabará en nada el deber de un Estado de cumplir toda obligación enunciada en el tratado….”.
En general, el poder ejecutivo del país de que se trate, constitucionalmente, es el encargado de hacer la denuncia del tratado por los canales diplomáticos correspondientes. También es quien tiene la facultad exclusiva para tomar esta decisión, independientemente de otros poderes del Estado. Es decir, que no precisa de  la anuencia, de un voto favorable, por ejemplo, del Parlamento. Sin embargo, en los países democráticos, decisiones de esta naturaleza son llevadas a los parlamentos o sometidas a referendos, no son tomadas de forma unilateral por los gobiernos. Se busca así lograr el mayor consenso posible entre los ciudadanos.   
De modo que lo más conveniente es que cuando un gobierno tenga la intención de desprenderse de un compromiso internacional, debería abrir un proceso de consultas con la representación popular, toda vez que tal decisión de Estado podría tener repercusiones no solo político-diplomáticas, sino también de otra índole, incluso económicas.
Sobre todo, estas consultas se justifican con más razón, cuando se trata de un tratado de gran importancia para un país. Es contraproducente adoptar una decisión de tal envergadura desde una parcialidad del Estado o por un partido político. No sería una acción del Estado como un todo, sino de un solo sector político, lo cual debilita la iniciativa, le resta legitimidad al no contar con una amplia opinión del país. Ejemplo reciente lo tenemos en el llamado Brexit en el Reino Unido.
El gobierno actual de Venezuela ha iniciado el proceso de retiro de nuestro país de la Organización de Estados Americanos, de la cual somos fundadores en 1948. En los últimos años el gobierno ha denunciado varios tratados: Comunidad Andina, Grupo de los Tres, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y el Convenio sobre Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI).  En ninguno de estos casos, buscó compartir la decisión con otro actor nacional.  
A mi juicio, el retiro de la OEA es un exabrupto político y diplomático descomunal, que ni siquiera los tiranos más repugnantes de la región fueron capaces de realizar. No solo el país se verá perjudicado; los mismos irresponsables que lo perpetran serán también afectados. Si ya el gobierno está aislado, en lo sucesivo lo será más.  
La decisión es una consecuencia lógica de una forma de pensar frente a los compromisos internacionales. Es lo que Chávez, en consonancia con el Foro de Sao Paulo, buscaba, al enfrentar “la influencia nefasta de los organismos internacionales”, todo con base “en  nuestros propios criterios y conceptos de soberanía.” Ésas fueron textualmente sus palabras (Declaración de Hugo Chávez en visita a Manaos, Brasil, Octubre de 2004). En algún momento se preguntó para qué la OEA y planteó la posibilidad de retirarse de ella. De allí que el inefable Roy Chaderton declare que ahora Venezuela “es más libre” porque inicia la salida de ese organismo.
Tal actitud es el resultado de una visión trasnochada sobre la soberanía, un concepto anacrónico que en el mundo de hoy no tiene más asidero en la realidad, ni en la política ni en la economía, y, particularmente, en el tema de los derechos humanos.  
Chavez prefería la “ley de la jungla”, sin organismos y normas internacionales que puedan servir de freno a los abusos eventuales de posiciones de dominio de los actores más poderosos o de los gobernantes que violen DDHH. Así, tal noción soberanista se convierte en una suerte de burladero para no responder de las arbitrariedades cometidas al interior de los países.
Obviamente, el gobierno chavista, mientras no se sintiera agredido, en minoría o acorralado, como sí lo es hoy, se mantuvo en el marco de la institucionalidad existente, aunque no creyera en ella. La utilizaba solo cuando conviniera a sus intereses.   
Por otro lado, y en relación con la supuesta inconstitucionalidad del retiro de la OEA alegada por ciertas opiniones, valdría la pena hacer algunos comentarios. 
Ciertamente, en el marco de esa organización nuestro país ha suscrito varios instrumentos jurídicos relativos a la democracia y los derechos humanos, que han pasado a ser normas de obligatorio cumplimiento, so pena de sanciones por no acatarlos.  
La Constitución Nacional es clara respecto de esos deberes, éstos tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno (artículo 23 CN).   
Pero que esa referencia constitucional a los DDHH y su progresividad, contenidos en los tratados internacionales, no tenga, a nuestro juicio, discusión, no significa que se desprendería de allí que el pertenecer a la OEA sea una suerte de derecho humano irrenunciable, y por tanto, salirse de la OEA es, en consecuencia, inconstitucional. Son dos asuntos distintos. Seguirán vigentes en el país los DDHH adquiridos como consecuencia de haber pertenecido a esa institución, independientemente de ser miembro o no de ella.  Tales derechos no existen porque se esté en la OEA, ellos se mantienen en vigor al margen de ella. Por supuesto, los mecanismos procedimentales que se establecen en su seno, al desvincularse el país, no operarían, pero hay otros derivados de otros tratados vigentes (Corte Penal Internacional, por ejemplo).
Igualmente, la opinión de que al aprobarse un tratado por el parlamento (Asamblea), como está establecido en nuestra Constitución, su denuncia debería también contar con la aprobación de aquel por ser ley de la República, tampoco tiene sustento desde el punto de vista jurídico. Una vez que ha sido aprobado el tratado, la atribución parlamentaria se agota allí, y el poder ejecutivo, en virtud de su atribución de dirigir las relaciones exteriores (art. 236, num. 4), puede negociar, suscribir, ratificar o denunciar cualquier tratado.
Estando dicho que iniciar la salida de Venezuela de la OEA es un insólito desatino que dañará a nuestro país y al mismo gobierno, y señalado, asimismo, que por tratarse de una organización tan importante como la OEA, la Asamblea Nacional debería ser consultada formalmente sobre ese asunto, a los efectos de acordar una política de Estado, no queda otra que rechazar tal decisión  por contraria a los intereses de los venezolanos .  
Afortunadamente, el proceso de la separación definitiva durará dos años, y albergamos la esperanza de que no se concrete nunca. Por el bien de los venezolanos.

EMILIO NOUEL V.

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