martes, 18 de noviembre de 2014

IMPUNIDAD Y RECURSO A LA JUSTICIA INTERNACIONAL


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VICTOR RODRIGEZ C.

En Venezuela se han venido cometiendo crímenes internacionales que por su naturaleza van más allá de la atención interna de los Estados e interesan, en consecuencia, a la comunidad internacional en su conjunto. La calificación de estos actos horribles y absolutamente condenables, como la tortura generalizada y sistemática, obliga al Estado a investigarlos, procesarlos y castigar a los responsables; en su defecto, y esto es lo que caracteriza estos crímenes, se abre el recurso a mecanismos distintos a los nacionales, en concreto, a tribunales de otros Estados que ejercen o están en capacidad de ejercer la jurisdicción penal universal o a los tribunales permanentes que por su carácter complementario pueden ejercer sus competencias subsidiarias, como la Corte Penal Internacional que complementa las jurisdicciones penales nacionales en determinadas circunstancias y ante la inacción o acción deliberada del Estado para sustraer a los criminales de la justicia.


 Los responsables de las torturas que han sufrido y sufren venezolanos opositores en las cárceles del país, presos por razones políticas e ideológicas, a partir de febrero de este año cuando salieron a la calle en ejercicio pleno del derecho de protestar por el curso que dan al país quienes mandan hoy, protesta convertida hábilmente por los colectivos y otras fuerzas paramilitares en guarimbas y actos delictivos, deben ser castigados por los órganos internos de justicia. Lamentablemente, y eso evidencia la falta absoluta de su independencia e imparcialidad, estos órganos no han actuado para investigar los hechos, menos para enjuiciar a los presuntos responsables de tales crímenes y, ni pensar, para castigar en definitiva a sus autores. Si lo han hecho no ha sido precisamente en tal dirección, sino paradójicamente para castigar a las víctimas y para liberar de su responsabilidad penal a los presuntos autores, incurriendo así en una simple complicidad institucional. La acción de la fiscal y de la defensora del pueblo, de los jueces encargados de conocer estos asuntos, las declaraciones de dirigentes oficialistas y de los instigadores atrincherados en medios de comunicación social igualmente afectos al Estado, muestran la inexistencia de un verdadero sistema judicial que garantice la represión de estos crímenes.

Estamos –y en eso debemos insistir– ante crímenes internacionales que son objeto de la competencia de la Corte Penal Internacional, de cuyo Estatuto Venezuela es parte, y que por lo tanto es competente para conocerlos y ejercer su jurisdicción para juzgarlos y castigarlos. En concreto, estamos ante actos graves que constituyen crímenes de lesa humanidad, establecidos en el Estatuto de Roma de 1998. Si los tribunales nacionales no inician las investigaciones pertinentes porque no pueden hacerlo por diversas razones, o porque no tienen la intención de hacerlo, la Corte puede entrar a funcionar y conocer la situación en Venezuela y las consecuencias que de la misma se puedan derivar. Ello, aunado a la gravedad de los hechos, hace admisible la cuestión para determinar que tal situación en Venezuela es del interés de la Corte y que de ella se pueden derivar causas penales individuales.

Ante la incapacidad de lograr justicia interna se abrirían procesos internacionales que comienzan, según  las reglas de la Corte, con la presentación ante el fiscal de la información requerida para que realice un examen preliminar, una actuación preprocesal, que le permitiría concluir que hay razones fundadas para iniciar una investigación formal, es decir, la instrucción del asunto, dar comienzo al procedimiento y solicitar a la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte la autorización para ello, que podría conducir al establecimiento de la responsabilidad penal individual internacional de aquellas personas que como autores directos, coautores, cómplices, instigadores hayan participado de cualquier manera en la realización de estos crímenes.

El mundo va hoy por una sola dirección e ir contra ello sería irracional y temerario. En ese andar común el camino está marcado y la prioridad es la justicia y el progreso en el pleno respeto de la vida y de la integridad de la persona. En ese contexto, la lucha contra la impunidad por la realización de crímenes que ofenden la dignidad y la conciencia es la prioridad, y por ello hay que luchar para impedir que en el futuro esas atrocidades se repitan acá o en cualquier parte, lo que lamentablemente parecen no entender quienes hoy desde posiciones de mando y control retan el orden y la justicia.

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