lunes, 8 de marzo de 2010

Medida contra RCTVI se aprobó antes de la norma


Por otra parte, aunque Conatel asegura que el desestimiento se debió a que RCTVI se inscribió como PNA 20 días hábiles después de hacerse la notificación de calificación como productor nacional, la norma técnica sobre los servicios de PNA no define un lapso de tiempo para formalizar el registro. Lo que indica la norma es que "En los casos que los prestadores de los servicios de producción nacional audiovisual califiquen de nacionales, deberán realizar la notificación a que hace referencia el artículo 7 de la presente norma, ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones a los fines de su inscripción en el registro de servicios de producción nacional audiovisual, salvo que ya la hayan realizado".

Conatel entonces alegó que RCTVI tenía solo 15 días hábiles apelando al artículo 32 de la Ley de Telecomunicaciones, que hace referencia a las Habilitaciones Administrativas, un permiso que no le corresponde solicitar a los canales de televisión por suscripción.

Adicionalmente, el consultor jurídico de la planta, Oswaldo Quintana, asegura que incluso Conatel le asignó un número de registro, el 022, a RCTVI y que ello fue publicado en su página WEB y días después fue eliminada esa información. La planta televisiva anunció que en los próximos días irán de nuevo a Conatel a ratificar su solicitud de registro como PNA, acudirán ante la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a solicitar la nulidad del acto de Conatel, acompañado de una medida cautelar que le permita estar al aire mientras se decide el fondo del asunto, y solicitará a los cableoperadores que pongan en pantalla a RCTV Mundo, ya que es un canal internacional que no requiere autorización gubernamental.

Reyes Theis
EL UNIVERSAL

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