CARTA ENVIADA POR LA MESA DE LA UNIDAD DEMOCRÁTICA A LA MINISTRA DE ASUNTOS EXTERIORES DE ESPAÑA SOBRE PRESOS POLÍTICOS EN VENEZUELA
Caracas, 04 de noviembre de 2010
Excelentísima señora
TRINIDAD JIMÉNEZ
Ministro de Asuntos Exteriores y de
Cooperación del Gobierno de España
Su Despacho.-
En razón de las afirmaciones hechas por usted en el Senado de su país en cuanto a que en Venezuela no existen presos políticos,
El contenido de las mismas, utilizando como referencia información de reconocidas Organizaciones de defensa de los derechos humanos, evidencia un uso insuficiente, parcial e incompleto de los informes de las organizaciones citadas por vuestra excelencia.
Por lo tanto, nos preocupa el desconocimiento sobre la precaria situación judicial que afecta a nuestro país, muy especialmente la utilización del poder punitivo del Estado para intimidar o sancionar a personas en virtud de su opinión política; la falta de independencia y autonomía del poder judicial frente al poder político y la falta de garantías procesales, todo lo cual pone en entredicho el estricto apego a los principios constitucionales que deben existir en un verdadero Estado de Derecho y son factores que limitan seriamente la vigencia de los derechos humanos y debilitan la democracia.
En este sentido, a fin de suministrarle diversos juicios y opiniones de organizaciones de defensa de los derechos humanos, sobre la utilización de la justicia con fines políticos en Venezuela, la Mesa de
Ø La sección española de Amnistía Internacional emitió una declaración el día 1 de abril de 2010, en
“Durante los últimos años, el gobierno venezolano parece haber establecido una práctica reiterada de represión de la disidencia mediante el uso de métodos legislativos y administrativos encaminados a silenciar y hostigar a sus críticos. Se están utilizando las leyes para justificar lo que parece ser, en esencia, cargos de motivación política, lo cual indicaría que el gobierno venezolano está persiguiendo deliberadamente a sus opositores.”
Ø El informe sobre Democracia y Derechos Humanos en Venezuela preparado por
“La CIDH también identifica en el presente informe una preocupante tendencia a castigar, intimidar y agredir a personas a manera de represalia por haber hecho público su disenso con las políticas oficiales. Esta tendencia afecta tanto a las autoridades de la oposición como a ciudadanos que han ejercido su derecho a expresar su disconformidad con las políticas adelantadas por el gobierno. Las represalias se realizan tanto a través de actos estatales como de actos de acoso y violencia provenientes de personas civiles que actúan al margen de la ley como grupos de choque. La Comisión nota con preocupación que se ha llegado al extremo de iniciar procedimientos penales contra disidentes, acusándolos de delitos comunes con miras a privarlos de su libertad en virtud de su posición política.”
“En el mismo sentido, la Comisión identifica una tendencia al uso de figuras penales para sancionar a personas que ejercen su derecho a manifestar o protestar en contra de las políticas oficiales. Información recibida por la Comisión señala que en los últimos cinco años más de 2.200 personas han sido sometidas a procesos penales por hechos relacionados con su participación en manifestaciones públicas.”
Ø Comunicado de prensa No. 36/10 del 25 de marzo de 2010, en el que la CIDH expresa preocupación por el uso del poder punitivo del Estado para silenciar opositores en Venezuela.
“Como ya lo ha dicho la Comisión en su Informe Democracia y Derechos Humanos en Venezuela, la falta de independencia y autonomía del poder judicial frente al poder político constituye uno de los puntos más débiles de la democracia venezolana, situación que conspira gravemente contra el libre ejercicio de los derechos humanos en Venezuela. A juicio de la Comisión, es esa falta de independencia la que ha permitido que en Venezuela se utilice el poder punitivo del Estado para criminalizar a los defensores de derechos humanos, judicializar la protesta social pacífica y perseguir penalmente a los disidentes políticos.”
Ø Human Rights Watch
“La detención de dos conocidos críticos en respuesta a sus declaraciones públicas criticando el gobierno representa un fuerte golpe para la libertad de expresión en Venezuela”. "Procesar penalmente a una persona por una expresión crítica que está protegida en cualquier democracia es un muy mal precedente", afirmó
Ø Caso de
En el informe anual que presentó el presidente-relator del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria, ante la 13° sesión del Consejo de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas el pasado 8 de marzo 2010 en Ginebra, el caso de
“El Grupo de Trabajo está extremadamente preocupado por las informaciones que ha recibido según las cuales, el Juez que tomó esta decisión, ha sido arrestado, acusado de corrupción, de complicidad en una evasión, de conspiración criminal y de abuso de poder" dijo, refiriéndose a la decisión sobre el caso de Eligio Cedeño cuya libertad condicional había sido ordenada por la Juez "fundando su decisión sobre la opinión del Grupo de Trabajo (opinión N° 10/09)", dice parte del comunicado. “Las represalias contra los jueces que ejercen funciones garantizadas constitucionalmente y que ejecutan recomendaciones de un mecanismo de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, no deben, en ningún caso, ser toleradas por el Consejo."
Ø Por último, en el informe presentado por la Misión de
En virtud de lo anterior, la Mesa de
Aprovecho la oportunidad para saludarle muy respetuosamente,
Ramón Guillermo Aveledo
Secretario Ejecutivo de
No hay comentarios:
Publicar un comentario