jueves, 15 de noviembre de 2018

El 10 de enero debe ser el catalizador para un acuerdo político electoral


Juan Raffalli
 
Efecto Cocuyo

La Asamblea Nacional opositora no reconocerá a Nicolás Maduro como presidente de la República a partir del 10 de enero de 2019. Tampoco lo harán 46 países que desconocieron la pasada elección presidencial del 20 de mayo.
 
Esta “ilegitimidad” del jefe de Estado provocará nuevamente el desconocimiento recíproco entre Poderes Públicos –Asamblea Nacional y Tribunal Supremo de Justicia– con consecuencias para el país en materia de deudas, importaciones, funcionamiento del Estado, sanciones y relaciones internacionales, advierte el constitucionalista Juan Manuel Raffalli.
“La única solución a la crisis es una negociación (…) El 10 de enero debe ser el catalizador para un acuerdo político nacional para llamar elecciones, para que la gente se exprese y para permitir se aplique el artículo 5 constitucional”, manifestó.
El artículo 5 establece:
“La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos”.
El acuerdo político electoral debe contener un pacto entre los Poderes Públicos y la posible convocatoria de elecciones generales, en opinión de Raffalli.
“Las elecciones generales no están previstas en la Constitución, pero el texto constitucional privilegia los acuerdos políticos, por eso los límites del artículo 333 no están en la Constitución sino en el seno de la sociedad”, señaló.
Presidenciales en 30 días
El abogado comparte la tesis del profesor Gustavo Linares Benzo, según la cual el 10 de enero de 2019 la Presidencia de la República quedará vacante porque Maduro “no fue electo democráticamente”.
Raffalli argumentó que se debe aplicar el artículo 233 constitucional, es decir el presidente de la Asamblea Nacional debe asumir el mandato y convocar elecciones en 30 días.
Una salida más política que jurídica
El constitucionalista insistió en que la salida legal es la aplicación del artículo 233; sin embargo, explicó que su aplicación “es un tema de fuerza política porque la fortaleza institucional, que debe ser asumida por el Tribunal Supremo de Justicia no existe. Seguimos con el funcionamiento atípico de los Poderes Públicos”.
La presión nacional con mecanismos de protesta y la presión internacional son factores que podrían perturbar la gobernabilidad del Gobierno nacional en 2019.
El constitucionalista considera que la oposición tiene la posibilidad de ejercer mecanismos de protesta, presión internacional en organismo multinacionales como la Organización de Estados Americanos y las Naciones Unidas. “Sin un Gobierno legítimo no hay manera de salir de la crisis política”, dijo.
Este martes 13 de noviembre el Parlamento aprobó un acuerdo que declara inconstitucional el mandato de Maduro  en 2019 y exige la convocatoria de elecciones generales.
“Por primera vez en Venezuela después de más de 60 años nos encontramos con una elección cuyo efecto legitimador, para ejercer la presidencia, está cuestionado. Desde el plebiscito de Marcos Pérez Jiménez (en 1957) hasta hoy todas las elecciones se centraban en discutir los resultados, pero nunca se había cuestionado el proceso electoral en sí mismo. Se está cuestionando la legitimidad de origen de Maduro”, manifestó.
Raffalli reiteró que las elecciones del 20 de mayo “son producto de un desacuerdo en República Dominicana”. “¿Cómo de un desacuerdo puede surgir un evento electoral auténtico?”, se preguntó.
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