José L. G. Martinez-Barruchi
Superar la presente situación de crisis en la gestión de la
Infraestructura Operativa del Sector
Eléctrico Nacional [ en adelante S.E.N. ], durante un plazo para la
transición política – que como mínimo se extenderá en treinta y seis (36) meses
–, requiere disponer – y casi con la
prontitud del caso – de un Programa de Gobierno para el S.E.N. concentrado en la
implementación concurrente de dos (2)
orientaciones básicas que incluyan,
un conjunto de medidas organizativas y de gestión con suficiente precisión y
detalle que aseguren ejecutar: tanto (a) un Programa de Reconstrucción
de Instalaciones y Equipamiento de CORPOELEC,
como (b) un Plan de Adaptación de la Estructura Empresarial, Organizativa y
Gerencial de CORPOELEC – y por
ende, de la cultura del personal – para modificar su actual condición de MONOPOLIO del S.E.N.
CORPOELEC se encuentra
actualmente no sólo bajo la vigente condición de MONOPOLIO sino que, tomando las orientaciones expresadas por el actual
gobierno, está regido con un modelo de gestión socialista – cabría aventurar, sin
la eficiencia y productividad experimentada en otros países, bajo ese modelo de
gestión –, y de acuerdo con el texto en discusión por la Asamblea Nacional del
Proyecto de Ley Orgánica del Sector Eléctrico – 2.016, cuando ocurra su entrada
en vigencia, se establecerá un nuevo “régimen” de operación y gestión S.E.N.
que debería traer como resultado, un Proceso de Reforma del Mercado Eléctrico
Nacional y la consiguiente implantación del correspondiente Nuevo Marco
Regulatorio del S.E.N.; para asegurar así, la participación de la inversión
privada en todos los eslabones de la cadena industrial del sector eléctrico.
Tomando en consideración lo
expuesto sobre la presente situación de crisis y el advenimiento del Nuevo Marco Regulatorio del S.E.N., es oportuno proceder a identificar el alcance
de un plan de trabajo con acciones muy precisas para (a) acometer el Plan de
Reestructuración Empresarial de CORPOELEC y (b) orientar y preparar a la
Empresa para operar en un plazo prudencial, bajo un nuevo “régimen de libre
competencia”.
En la elaboración del plan de
trabajo de las mencionadas dos (2) orientaciones básicas para la definición del
Programa de Gobierno para el S.E.N., reviste especial importancia la necesidad
de un enfoque diferente y un “cambio de la narrativa” que se ha venido
empleando hasta la fecha – dentro de los programas de gobierno elaborados por
la oposición – y que obliga a profundizar, en el alcance de las medidas
organizativas y de gestión que deberán ser efectuadas por parte de las
organizaciones operativas del Estado relacionadas con el S.E.N. – Ministerios
con competencia en materia de energía y básicamente CORPOELEC –, para facilitar
y agilizar la toma de decisiones necesarias a ser implementadas durante el
plazo de la transición de un nuevo Gobierno Nacional.
Para efectos demostrativos de la
necesidad del “cambio de la narrativa”, es conveniente analizar la actual
situación del sector industrial del país bajo control gubernamental:
1) En el año 2.007, el Gobierno Nacional promulgó la Ley Orgánica de
Reorganización del Sector Eléctrico (LORSE), (a) que crea la Corporacion Eléctrica
Nacional (CORPOELEC) , (b) ordena la fusión de las empresas eléctricas públicas
existentes a la fecha e (c) inicia el Plan de Estatización del S.E.N.; expropiando
las empresas de capital privado que estaban en operación.
En el año 2.010, el Gobierno Nacional (a) crea el Ministerio del Poder
Popular para la Energía Eléctrica (MPPEE) y (b) promulga la Ley Orgánica del
Sistema y Servicio Eléctrico, derogando la Ley Orgánica del Servicio Eléctrico
– aprobada en el año 2.001 y en la cual ya se iniciaban los Procesos de Reforma
del Mercado Eléctrico Nacional –:
(a) estableciendo el modelo de gestión socialista para las empresas del
S.E.N., y
(b) ratificando a CORPOELEC como el ente encargado de todas las actividades
de generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en
el territorio nacional; fusionando todas las operadoras, en el año 2.012.
Es claro que con la ley del año 2.010, se estableció una estructura de
MONOPOLIO con CORPOELEC y que al derogar la Ley Orgánica del Servicio Eléctrico
aprobada en el año 2.001, eliminó : (a) tanto la participación privada en el
sector eléctrico (b) como la Estructura Reguladora del Mercado Eléctrico; organizada
a partir de: (1) la Comisión Nacional de Electricidad y (2) el Centro Nacional
de Gestión del S.E.N..
2) Esta situación de procesos de estatización, establecimiento de monopolios
e implantación de modelos de gestión socialista por parte del Gobierno
Nacional, se encuentra extendido a todo el entramado de los sectores
industriales y de servicios del país. Para los efectos y sin tomar en cuenta la
expansión del control del Gobierno Nacional en todas las empresas hídricas, de
transporte terrestre, de administración de puertos, y agroalimentarias, se
tiene sólo por nombrar algunas:
(a) la expropiación de SIDOR y la estructuración del Complejo Siderúrgico
Nacional, S.A. que arranca en 2.012 con la expropiación de empresas y agrupa siete
(7) Plantas – Casima, Barquisimeto, Antimano, Lara, Guarenas, Valencia y
Guacara – y catorce (14) Centros de Acopio de Insumos Metálicos;
(b) la eliminación de la participación de los socios privados en las plantas
“aguas abajo” del sector del aluminio: ALUMNIO DE CARABOBO (CVG-ALUCASA),
CVG-CABELUM, ALUMINIOS NACIONALES, S.A (CVG-ALUNASA), Servicios de Laminación
(SERLACA) , Centro de producción de rines de aluminio (CVG-RIALCA), Aleaciones
Nacionales, C.A (ALENTUY), Aluminio de Barquisimeto, C.A (ALBARCA) y Aluminio
de Venezuela, C.A (ALEVEN);
(c) desde el 2.007 la transferencia de la administración de OPCO – Planta de
Briquetas – a Ferrominera, al igual que las Plantas de Pellas;
(d) la expropiación de Minera Loma del Níquel;
(e) la estatización de las empresas de servicios navales y los talleres de
estructura metálica de la Costa Oriental del Lago y de Puerto Ordaz y su
integración en PDVSA Industrial.
3) Y es que ésta situación de monopolios integrados verticalmente y que
agrupan empresas de diferentes dimensiones, objetivos y capacidades y operadas
bajo modelos de gestión socialista que se ha extendido a todo el entramado de
los sectores industriales y de servicios del país, en opinión de quien escribe,
precisa (a) no sólo a un enfoque diferente para identificar las medidas inmediatas
de recuperación industrial – bajo un escenario de presupuestos limitados o
inexistentes –, sino a (b) un “cambio de la narrativa” que se ha venido
empleando hasta la fecha dentro de los programas de gobierno; trascendiendo el
enunciado de “catálogos de actividades a ejecutar e intenciones de promoción a
futuro”, que los caracterizan.
4) Es evidente que de acuerdo con la situación actual del modelo de gestión
implementado por el Gobierno, no será suficiente con concentrar los esfuerzos
en implementar soluciones como: (a) retornar al “status quo” legal y jurídico
de las leyes anteriores a los procesos de expropiación y estatización,
iniciados en el 2.007 o bien, (b) devolver a sus funciones profesionales
previas a ocupar cargos en las empresas socialistas a todo el personal que no
provenga del sector industrial o de servicios correspondiente. Estas soluciones
no aplican en el momento actual, por lo siguiente:
(a) las leyes derogadas por el Gobierno Nacional a partir del 2.009,
aplicaban a un entramado industrial y de servicios en los cuales operaba la
empresa privada al mismo nivel que las empresas del estado – más bien el estado
no participaba en actividades en las cuales ahora es el único operador –; y
(b) retirar a todo el personal que no provenga del sector industrial o de servicios
correspondiente, es correr el riesgo de quedarse hasta sin personal
administrativo que gestione “las comisiones de enlace”.
Adicionalmente, con unas empresas en crisis, (a) con instalaciones “fuera
de operación”, (b) con escaso personal calificado – por el impacto de la amplia
deserción laboral –, (c) con personal no-calificado tanto en posiciones de
gestión como en actividades no-propias de la función original de las empresas,
cualesquiera de las medidas organizativas y de gestión que se apliquen, bajo el
mismo enfoque de los programas de gobierno que se han elaborado en los últimos
años, no aplicarán.
De hecho, la concentración del esfuerzo en emplear soluciones como la
“cajita feliz” implementada en los procesos de privatización del pasado para
desprenderse de personal, será de difícil aplicación, mientras las empresas
continúen siendo propiedad del Estado; y no existan fuentes de trabajo
alternativo para ese personal.
No es lo mismo aplicar programas de descentralización de ministerios en
la época cuando se disponían de gobernaciones y alcaldías operando con
autonomía y a las cuales, se podían transferir responsabilidades de ministerios
y organizaciones del Estado, que en la situación actual, cuando el Estado es
omnipresente y la cultura de los empleados se rige por otros modelos de
gestión; es decir, la fórmula de descentralización, ni en empresas, ni tampoco
en ministerios y servicios autónomos.
5) Este “cambio de la narrativa” no implica otra cosa diferente, en el caso
del S.E.N., que aprovechar el instante actual de indefiniciones para
profundizar: (a) no sólo en el plan para adelantar las actividades de Análisis,
Evaluación Técnico – Operativa de la infraestructura eléctrica que permita
identificar las soluciones apropiadas para su recuperación operativa, (b) sino
en la definición de los Planes de separación de funciones administrativas y
operativas de la actual CORPOELEC – para que supere su condición de MONOPOLIO de
acuerdo con los lineamientos del Proyecto de Ley Orgánica del Sector Eléctrico
– 2.016 – y preparar a la Empresa para operar bajo un nuevo “régimen de libre
competencia”; y que adicionalmente implicará las acciones pertinentes, para la
puesta en operación de un nuevo marco jurídico y la implantación de un mercado
con el suficiente dinamismo, para asegurar: tanto la disponibilidad de fuentes de
financiamiento – externas y locales –, como la transferencia de activos y
responsabilidades operativas y de gestión hacia “nuevos agentes” diferentes a
CORPOELEC; que sean participantes en el mercado eléctrico nacional.
De las experiencias
con privatizaciones del pasado y de la amplia documentación que existe sobre el
tema, es claro que la fórmula de la transferencia de activos y
responsabilidades operativas y de gestión a “nuevos agentes”, en una primera
etapa requerirá de inversiones, tanto (a) para la Reconstrucción de la
Infraestructura Operativa del S.E.N. – focalizando en las actividades de
financiamiento, instalación, reparación, mantenimiento, gestión, operación y
expansión de las capacidades instaladas –, como (b) para la adecuación
organizativa del negocio con una estructura confiable de personal calificado;
ya que todos éstos procesos, deben ser adelantados con la requerida
transparencia y cumplimiento de las leyes bajo los criterios de entrega de
información en “due dilligences”, procesos de Licitaciones Públicas abiertas,
Adjudicaciones debidamente justificadas, y Contrataciones legalmente ejecutadas.
Y de no ser así, no existirá “un gobierno alternativo a la situación actual”.
De ésta
necesidad de invertir en adecuación organizativa con una estructura de personal
calificado, deviene el plazo para la transición política que como mínimo se
extenderá en treinta y seis (36) meses, para
asegurar desde esa primera etapa de Reconstrucción de la Infraestructura, la
participación de la inversión privada en todos los eslabones de la cadena industrial
del sector eléctrico; y que al inicio, o por medio de asociaciones o contratos de
concesión, permitan proceder en una segunda etapa, a la apertura de procesos de
transferencia de Propiedad de Empresas del S.E.N..
6) Este es el razonamiento para considerar que en la definición del Programa
de Gobierno para el S.E.N., debe prestarse especial atención a los planes de
separación de funciones administrativas y operativas de la actual CORPOELEC –
para que supere su condición de MONOPOLIO – y se deben disponer de lineamientos
precisos para identificar de manera adecuada y con suficiente información,
acciones inmediatas en cuanto a delimitación del área de servicio, alcance de recursos
técnicos y de personal y requerimientos técnicos para la adecuación y
recuperación de la Infraestructura Operativa del S.E.N.. Y de ésta forma se
podría proceder con prontitud, a adelantar el proceso de Escisión de Empresas de
CORPOELEC – cada una de ellas funcional, administrativa y financieramente
autónomas, a las cuales se transferirán los activos que les correspondan – para
su posterior agrupación en “unidades de negocios” bajo la gestión de empresas
regionales; y éstas, relacionadas con la cadena industrial del S.E.N. en sus
diferentes eslabones: (a) generación, (b) transmisión, (c) distribución y (d)
comercialización, para el suministro del servicio eléctrico a los Consumidores
– industriales, comerciales, servicios y residenciales –.
Como conclusión de la evaluación
de los escenarios y las acciones a implementar por “un gobierno alternativo a
la situación actual” para lograr encauzar, en el momento oportuno, las acciones
para superar la grave crisis que afecta el S.E.N. y que se expande, tanto a los
sectores de servicios, industriales y comerciales como a los residenciales del
país, la definición del Programa de Gobierno para el S.E.N. es de particular
importancia para definir el alcance de las medidas organizativas y de gestión
que deberán ser efectuadas durante el Plan de Adaptación de la Estructura
Empresarial, Organizativa y Gerencial de CORPOELEC, en este caso en particular, también “el tiempo es la esencia”.
Noviembre/2.018 ; barruchi@cantv.net
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