martes, 6 de noviembre de 2018

Elaboración de un Programa de Gobierno para el Sector Eléctrico Nacional I


José L. G. Martinez-Barruchi

Superar la presente situación de crisis en la gestión de la Infraestructura Operativa del Sector Eléctrico Nacional [ en adelante S.E.N. ], durante un plazo para la transición política – que como mínimo se extenderá en treinta y seis (36) meses –, requiere disponer – y casi con la prontitud del caso – de un Programa de Gobierno para el S.E.N. concentrado en la implementación concurrente de dos (2) orientaciones básicas que incluyan, un conjunto de medidas organizativas y de gestión con suficiente precisión y detalle que aseguren ejecutar: tanto (a) un Programa de Reconstrucción de Instalaciones y Equipamiento de CORPOELEC, como (b) un Plan de Adaptación de la Estructura Empresarial, Organizativa y Gerencial de CORPOELEC – y por ende, de la cultura del personal – para modificar su actual condición de MONOPOLIO del S.E.N.

CORPOELEC se encuentra actualmente no sólo bajo la vigente condición de MONOPOLIO sino que, tomando las orientaciones expresadas por el actual gobierno, está regido con un modelo de gestión socialista – cabría aventurar, sin la eficiencia y productividad experimentada en otros países, bajo ese modelo de gestión –, y de acuerdo con el texto en discusión por la Asamblea Nacional del Proyecto de Ley Orgánica del Sector Eléctrico – 2.016, cuando ocurra su entrada en vigencia, se establecerá un nuevo “régimen” de operación y gestión S.E.N. que debería traer como resultado, un Proceso de Reforma del Mercado Eléctrico Nacional y la consiguiente implantación del correspondiente Nuevo Marco Regulatorio del S.E.N.; para asegurar así, la participación de la inversión privada en todos los eslabones de la cadena industrial del sector eléctrico.

Tomando en consideración lo expuesto sobre la presente situación de crisis y el advenimiento del Nuevo Marco Regulatorio del S.E.N.,  es oportuno proceder a identificar el alcance de un plan de trabajo con acciones muy precisas para (a) acometer el Plan de Reestructuración Empresarial de CORPOELEC y (b) orientar y preparar a la Empresa para operar en un plazo prudencial, bajo un nuevo “régimen de libre competencia”.

En la elaboración del plan de trabajo de las mencionadas dos (2) orientaciones básicas para la definición del Programa de Gobierno para el S.E.N., reviste especial importancia la necesidad de un enfoque diferente y un “cambio de la narrativa” que se ha venido empleando hasta la fecha – dentro de los programas de gobierno elaborados por la oposición – y que obliga a profundizar, en el alcance de las medidas organizativas y de gestión que deberán ser efectuadas por parte de las organizaciones operativas del Estado relacionadas con el S.E.N. – Ministerios con competencia en materia de energía y básicamente CORPOELEC –, para facilitar y agilizar la toma de decisiones necesarias a ser implementadas durante el plazo de la transición de un nuevo Gobierno Nacional.

Para efectos demostrativos de la necesidad del “cambio de la narrativa”, es conveniente analizar la actual situación del sector industrial del país bajo control gubernamental:

1)    En el año 2.007, el Gobierno Nacional promulgó la Ley Orgánica de Reorganización del Sector Eléctrico (LORSE), (a) que crea la Corporacion Eléctrica Nacional (CORPOELEC) , (b) ordena la fusión de las empresas eléctricas públicas existentes a la fecha e (c) inicia el Plan de Estatización del S.E.N.; expropiando las empresas de capital privado que estaban en operación.

En el año 2.010, el Gobierno Nacional (a) crea el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica (MPPEE) y (b) promulga la Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico, derogando la Ley Orgánica del Servicio Eléctrico – aprobada en el año 2.001 y en la cual ya se iniciaban los Procesos de Reforma del Mercado Eléctrico Nacional –:

(a)  estableciendo el modelo de gestión socialista para las empresas del S.E.N., y
(b)  ratificando a CORPOELEC como el ente encargado de todas las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional; fusionando todas las operadoras, en el año 2.012.

Es claro que con la ley del año 2.010, se estableció una estructura de MONOPOLIO con CORPOELEC y que al derogar la Ley Orgánica del Servicio Eléctrico aprobada en el año 2.001, eliminó : (a) tanto la participación privada en el sector eléctrico (b) como la Estructura Reguladora del Mercado Eléctrico; organizada a partir de: (1) la Comisión Nacional de Electricidad y (2) el Centro Nacional de Gestión del S.E.N..

2)    Esta situación de procesos de estatización, establecimiento de monopolios e implantación de modelos de gestión socialista por parte del Gobierno Nacional, se encuentra extendido a todo el entramado de los sectores industriales y de servicios del país. Para los efectos y sin tomar en cuenta la expansión del control del Gobierno Nacional en todas las empresas hídricas, de transporte terrestre, de administración de puertos, y agroalimentarias, se tiene sólo por nombrar algunas:

(a)    la expropiación de SIDOR y la estructuración del Complejo Siderúrgico Nacional, S.A. que arranca en 2.012 con la expropiación de empresas y agrupa siete (7) Plantas – Casima, Barquisimeto, Antimano, Lara, Guarenas, Valencia y Guacara – y catorce (14) Centros de Acopio de Insumos Metálicos;
(b)    la eliminación de la participación de los socios privados en las plantas “aguas abajo” del sector del aluminio: ALUMNIO DE CARABOBO (CVG-ALUCASA), CVG-CABELUM, ALUMINIOS NACIONALES, S.A (CVG-ALUNASA), Servicios de Laminación (SERLACA) , Centro de producción de rines de aluminio (CVG-RIALCA), Aleaciones Nacionales, C.A (ALENTUY), Aluminio de Barquisimeto, C.A (ALBARCA) y Aluminio de Venezuela, C.A (ALEVEN);
(c)    desde el 2.007 la transferencia de la administración de OPCO – Planta de Briquetas – a Ferrominera, al igual que las Plantas de Pellas;
(d)    la expropiación de Minera Loma del Níquel;
(e)    la estatización de las empresas de servicios navales y los talleres de estructura metálica de la Costa Oriental del Lago y de Puerto Ordaz y su integración en PDVSA Industrial.

3)    Y es que ésta situación de monopolios integrados verticalmente y que agrupan empresas de diferentes dimensiones, objetivos y capacidades y operadas bajo modelos de gestión socialista que se ha extendido a todo el entramado de los sectores industriales y de servicios del país, en opinión de quien escribe, precisa (a) no sólo a un enfoque diferente para identificar las medidas inmediatas de recuperación industrial – bajo un escenario de presupuestos limitados o inexistentes –, sino a (b) un “cambio de la narrativa” que se ha venido empleando hasta la fecha dentro de los programas de gobierno; trascendiendo el enunciado de “catálogos de actividades a ejecutar e intenciones de promoción a futuro”, que los caracterizan.

4)    Es evidente que de acuerdo con la situación actual del modelo de gestión implementado por el Gobierno, no será suficiente con concentrar los esfuerzos en implementar soluciones como: (a) retornar al “status quo” legal y jurídico de las leyes anteriores a los procesos de expropiación y estatización, iniciados en el 2.007 o bien, (b) devolver a sus funciones profesionales previas a ocupar cargos en las empresas socialistas a todo el personal que no provenga del sector industrial o de servicios correspondiente. Estas soluciones no aplican en el momento actual, por lo siguiente:

(a)  las leyes derogadas por el Gobierno Nacional a partir del 2.009, aplicaban a un entramado industrial y de servicios en los cuales operaba la empresa privada al mismo nivel que las empresas del estado – más bien el estado no participaba en actividades en las cuales ahora es el único operador –; y
(b)  retirar a todo el personal que no provenga del sector industrial o de servicios correspondiente, es correr el riesgo de quedarse hasta sin personal administrativo que gestione “las comisiones de enlace”.

Adicionalmente, con unas empresas en crisis, (a) con instalaciones “fuera de operación”, (b) con escaso personal calificado – por el impacto de la amplia deserción laboral –, (c) con personal no-calificado tanto en posiciones de gestión como en actividades no-propias de la función original de las empresas, cualesquiera de las medidas organizativas y de gestión que se apliquen, bajo el mismo enfoque de los programas de gobierno que se han elaborado en los últimos años, no aplicarán.

De hecho, la concentración del esfuerzo en emplear soluciones como la “cajita feliz” implementada en los procesos de privatización del pasado para desprenderse de personal, será de difícil aplicación, mientras las empresas continúen siendo propiedad del Estado; y no existan fuentes de trabajo alternativo para ese personal.

No es lo mismo aplicar programas de descentralización de ministerios en la época cuando se disponían de gobernaciones y alcaldías operando con autonomía y a las cuales, se podían transferir responsabilidades de ministerios y organizaciones del Estado, que en la situación actual, cuando el Estado es omnipresente y la cultura de los empleados se rige por otros modelos de gestión; es decir, la fórmula de descentralización, ni en empresas, ni tampoco en ministerios y servicios autónomos.

5)    Este “cambio de la narrativa” no implica otra cosa diferente, en el caso del S.E.N., que aprovechar el instante actual de indefiniciones para profundizar: (a) no sólo en el plan para adelantar las actividades de Análisis, Evaluación Técnico – Operativa de la infraestructura eléctrica que permita identificar las soluciones apropiadas para su recuperación operativa, (b) sino en la definición de los Planes de separación de funciones administrativas y operativas de la actual CORPOELEC – para que supere su condición de MONOPOLIO de acuerdo con los lineamientos del Proyecto de Ley Orgánica del Sector Eléctrico – 2.016 – y preparar a la Empresa para operar bajo un nuevo “régimen de libre competencia”; y que adicionalmente implicará las acciones pertinentes, para la puesta en operación de un nuevo marco jurídico y la implantación de un mercado con el suficiente dinamismo, para asegurar: tanto la disponibilidad de fuentes de financiamiento – externas y locales –, como la transferencia de activos y responsabilidades operativas y de gestión hacia “nuevos agentes” diferentes a CORPOELEC; que sean participantes en el mercado eléctrico nacional.

De las experiencias con privatizaciones del pasado y de la amplia documentación que existe sobre el tema, es claro que la fórmula de la transferencia de activos y responsabilidades operativas y de gestión a “nuevos agentes”, en una primera etapa requerirá de inversiones, tanto (a) para la Reconstrucción de la Infraestructura Operativa del S.E.N. – focalizando en las actividades de financiamiento, instalación, reparación, mantenimiento, gestión, operación y expansión de las capacidades instaladas –, como (b) para la adecuación organizativa del negocio con una estructura confiable de personal calificado; ya que todos éstos procesos, deben ser adelantados con la requerida transparencia y cumplimiento de las leyes bajo los criterios de entrega de información en “due dilligences”, procesos de Licitaciones Públicas abiertas, Adjudicaciones debidamente justificadas, y Contrataciones legalmente ejecutadas. Y de no ser así, no existirá “un gobierno alternativo a la situación actual”.

De ésta necesidad de invertir en adecuación organizativa con una estructura de personal calificado, deviene el plazo para la transición política que como mínimo se extenderá en treinta y seis (36) meses, para asegurar desde esa primera etapa de Reconstrucción de la Infraestructura, la participación de la inversión privada en todos los eslabones de la cadena industrial del sector eléctrico; y que al inicio, o por medio de asociaciones o contratos de concesión, permitan proceder en una segunda etapa, a la apertura de procesos de transferencia de Propiedad de Empresas del S.E.N..

6)    Este es el razonamiento para considerar que en la definición del Programa de Gobierno para el S.E.N., debe prestarse especial atención a los planes de separación de funciones administrativas y operativas de la actual CORPOELEC – para que supere su condición de MONOPOLIO – y se deben disponer de lineamientos precisos para identificar de manera adecuada y con suficiente información, acciones inmediatas en cuanto a delimitación del área de servicio, alcance de recursos técnicos y de personal y requerimientos técnicos para la adecuación y recuperación de la Infraestructura Operativa del S.E.N.. Y de ésta forma se podría proceder con prontitud, a adelantar el proceso de Escisión de Empresas de CORPOELEC – cada una de ellas funcional, administrativa y financieramente autónomas, a las cuales se transferirán los activos que les correspondan – para su posterior agrupación en “unidades de negocios” bajo la gestión de empresas regionales; y éstas, relacionadas con la cadena industrial del S.E.N. en sus diferentes eslabones: (a) generación, (b) transmisión, (c) distribución y (d) comercialización, para el suministro del servicio eléctrico a los Consumidores – industriales, comerciales, servicios y residenciales –.

Como conclusión de la evaluación de los escenarios y las acciones a implementar por “un gobierno alternativo a la situación actual” para lograr encauzar, en el momento oportuno, las acciones para superar la grave crisis que afecta el S.E.N. y que se expande, tanto a los sectores de servicios, industriales y comerciales como a los residenciales del país, la definición del Programa de Gobierno para el S.E.N. es de particular importancia para definir el alcance de las medidas organizativas y de gestión que deberán ser efectuadas durante el Plan de Adaptación de la Estructura Empresarial, Organizativa y Gerencial de CORPOELEC, en este caso en particular, también “el tiempo es la esencia”.

Noviembre/2.018 ; barruchi@cantv.net

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