Exigen dar estabilidad a jueces provisorios
La manera como el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha venido designando y removiendo a cientos de jueces provisorios en los últimos años contraría los estándares internacionales, pues no les garantiza a estos funcionarios condiciones para que puedan decidir controversias de manera independiente.
La afirmación la realizó la Corte Interamericana de Derechos Humanos al condenar al Estado por violarle a la ex juez 14 de Control de Caracas, María Reverón Trujillo, sus derechos a la igualdad en el acceso de las funciones públicas y a la protección judicial por la manera, por la forma como fue destituida en 2002 por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.
En el dictamen, de fecha 30 de junio, se validó el argumento de las autoridades nacionales, según el cual los árbitros provisorios "no necesariamente van a contar con las mismas calificaciones que los jueces titulares", pues no ingresaron al sistema de justicia a través de los concursos de oposición, sino por revisión de credencial. Igualmente consideró razonable que por este motivo estos funcionarios no tengan garantizada su "permanencia ilimitada" en los puestos.
No obstante, posteriormente refutó estas explicaciones señalando: "Los jueces provisorios en Venezuela ejercen exactamente las mismas funciones que los jueces titulares, esto es, administrar justicia. De tal suerte, los justiciables tienen el derecho, derivado de la Constitución venezolana y de la Convención Americana, a que los jueces que resuelven sus controversias sean y aparenten ser independientes. Para ello, el Estado debe ofrecer las garantías que emanan del principio de la independencia judicial, tanto a los jueces titulares como a los provisorios".
La Corte reclamó del TSJ y de las demás instancias del Estado que modifiquen "en un plazo razonable" las normas y prácticas que consideran de "libre remoción" a los jueces no titulares. Para finales de 2008, 40% de los 1.840 árbitros que hay en el país no gozaban de estabilidad y podían ser sustituidos por la Comisión Judicial del TSJ de un momento a otro.
"La inamovilidad de los jueces provisorios está estrechamente ligada a la garantía contra presiones externas, ya que si los jueces provisorios no tienen la seguridad de permanencia durante un período determinado, serán vulnerables a presiones de diferentes sectores, principalmente de quienes tienen la facultad de decidir sobre destituciones o ascensos en el Poder Judicial", advirtió el juzgado de San José de Costa Rica.
Del mismo modo, en la Corte demandó del TSJ que establezca un procedimiento para designar a los jueces provisorios y temporales para evitar la discrecionalidad reinante.
Esfuerzo perdido La instancia hemisférica, en su fallo, también se pronunció en relación con las distintas reformas y reestructuraciones del Poder Judicial emprendidas desde que en 1999 la Constituyente declaró en "emergencia" a esa rama del Poder Público.
"La Corte nota que el régimen de transición en Venezuela persigue un fin legítimo y acorde con la Convención, esto es, que los mejores jueces integren el Poder Judicial. No obstante, la aplicación en la práctica de dicho régimen se ha mostrado inefectiva para cumplir el fin propuesto", señaló y justificó su posición en el hecho de que "el régimen se ha extendido por cerca de 10 años", tal y como lo demuestra el hecho de que el pasado 18 de marzo el TSJ dictó una resolución donde anunció que evaluaría a todos los jueces.
Otros mandatos El tribunal hemisférico no sólo exigió cambios en el tratamiento de los jueces provisorios, sino que también ordenó reenganchar a Reverón Trujillo a su puesto anterior o uno similar, medida que deberá producirse en los próximos seis meses.
En febrero de 2002 la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial destituyó a la demandante, por considerar que incurrió en abuso de autoridad, pero dos años después esa sanción fue anulada por la Sala Político Administrativa del TSJ. No obstante, esta última instancia rechazó reincorporarla por su condición de provisoria.
Asimismo la Corte le ordenó al Estado cancelarle a la ex juez 210 mil dólares, por concepto de reparaciones.
Esta es la segunda decisión de la instancia internacional contra el máximo juzgado y la manera como éste rige al sistema judicial. La primera fue en octubre de 2008 y en ella se cuestionó la manera como también fueron removidos los magistrados Juan Carlos Apitz, Perkins Rocha y Ana María Ruggeri de sus puestos en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.
El TSJ se ha negado a cumplir ese dictamen y en diciembre pasado incluso le pidió al Gobierno que denunciara la Convención Americana.
Juan Francisco Alonso
EL UNIVERSAL
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