domingo, 13 de febrero de 2011

Ley de Terrenos y Vivienda propiciará el desorden urbanístico


El Nacional

El presidente Hugo Chávez aún no ha ejercido los poderes que le da la Ley de Emergencia de Terrenos y Viviendas. Todavía no se han decretado áreas vitales para inmuebles ni zonas de peligro inminente o inhabilitadas. Sin embargo, el nuevo instrumento legal, ordenado por el jefe del Estado dos días después de las elecciones parlamentarias de 2010 y que finalmente aprobó como parte de la Ley Habilitante, podría aumentar el caos urbanístico de Caracas porque recarga al Ejecutivo con competencias propias de los gobiernos locales y obvia la normativa urbanística.

El peligro más preocupante de esa ley viene dado por el contexto en el que se dicta. La emergencia que supone la afectación de 120.000 venezolanos por las lluvias de los últimos meses sería la base para reordenar el territorio, una tarea de planificación que no admite los lapsos de la urgencia.

Mientras las leyes de ordenación del territorio y urbanística quedaron derogadas en 2006 y la materia carece de un marco legal general, la nueva ley promulgada en Gaceta Oficial número extraordinario 6018 sería el único instrumento legal orientado a esos fines y que sólo establece la construcción de viviendas.

Especialistas opinan que el documento está lleno de vacíos, que podrían dar paso a arbitrariedades y actuaciones improvisadas.


1. El fin es el poblamiento. El artículo 5 de la ley da potestad al Ejecutivo para que declare de utilidad pública para la construcción de viviendas cualquier terreno o inmueble no residencial en el área urbana o residencial que esté abandonado, ocioso o no tenga un uso acorde a los fines del poblamiento.

Esa disposición obvia las zonificaciones de uso establecidas en los planes urbanos locales. Por ejemplo, donde está zonificado el desarrollo de un parque, como en la base aérea La Carlota, podría decretarse un área vital de residencia.

En opinión del abogado Armando Rodríguez, especialista en urbanismo, la ley propicia el desorden. Así como las áreas verdes de Caracas se poblaron de manera informal para la constitución de barrios, el Gobierno estaría haciendo lo mismo, pero mediante una ley que obvia la norma existente. "Las áreas de crecimiento no controlado de la ciudad las está promoviendo el propio Gobierno".

2. Sin servicios. La ley promueve la creación de viviendas, sin embargo no menciona el equipamiento para ellas. María Isabel Peña, directora del Instituto de Urbanismo de la UCV, recuerda que si se duplica el número de habitantes, hay que duplicar los servicios. Utiliza un ejemplo: el proyecto de construir 40.000 viviendas en Fuerte Tiuna, que implica una población similar a la de Guatire, requiere de hospitales, escuelas, vías y centros comerciales, entre otros servicios.

"Es necesario tener un plan para equilibrar la vivienda con las necesidades de la población". Peña añade que la última zonificación de Caracas establece usos separados y en algunos planes de ciudades del Gobierno pareciera reforzarse ese esquema, aún cuando la mezcla de usos del terreno da mayor riqueza a las urbes, como sucede en Candelaria o Los Palos Grandes, que tienen una conformación parecida a las capitales europeas.

3. El costo de la expansión. El arquitecto Oscar Olinto Camacho considera contraproducente que la ley se aplique también en el ámbito rural. El artículo 5 del texto establece que serán declarados de utilidad pública terrenos urbanos o rurales abandonados, ociosos o con usos inadecuados a los objetivos de la ley.

"Puede tener una consecuencia nefasta la expansión de ciudades hacia áreas no deseadas en el crecimiento. Ir más allá de la poligonal urbana acarrea costos de urbanización y también sociales, porque podría implicar la creación de guetos apartados de la ciudad".

4. Los barrios ausentes. Camacho ve con preocupación que la ley de terrenos y viviendas ­que, señala, son los elementos clave para la prevención de la constitución de barrios sin servicios­ no establezca políticas específicas para esas áreas, en las que vive 53% de la población venezolana. La mención de esas zonas podría estar incluida en las áreas de emergencia habitacional, donde las posibilidades son el desalojo inmediato y la reconstrucción integral. "Los barrios, que no se mencionan en esta ley, no necesitan erradicarse para construir edificios, lo que necesitan en urbanizarse y aquí no se establecen los métodos".

5. Ley sólo para unos. La nueva legislación deroga todas las normas que choquen con ella. Además, asigna al Ejecutivo 14 competencias que estaban repartidas entre los poderes estadales y locales. No recoge lo establecido en leyes previas sobre el ordenamiento del territorio sobre la base de planes urbanos locales pero, contradictoriamente, sí establece entre los deberes de los beneficiarios de la política de vivienda social que se respete la normativa urbanística.

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