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Un millón 386 mil 885 personas sin trabajo en el primer mes del año
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Estado reconoció que sanción restringió derechos de Leopoldo López
San José.- "Rémora del pasado" e "involución jurídica" esos fueron algunos de los calificativos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio al artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, norma que ha permitido al contralor Clodosbaldo Russián inhabilitar a más de 800 funcionarios y ex funcionarios públicos en los últimos años, entre ellos el ex alcalde de Chacao, Leopoldo López, por la supuesta comisión de corrupción.
Los adjetivos los lanzó el magistrado, de origen argentino, Leonardo Franco, ayer durante la primera sesión de la audiencia por el juicio que se le sigue al Estado venezolano por haberle impedido al dirigente opositor presentarse como candidato a ninguna elección hasta 2014.
Sin embargo, los anteriores no fueron los únicos cuestionamientos que se escucharon de parte de algunos de los miembros del tribunal internacional. Los magistrados Manuel Ventura Robles (Costa Rica) y Alejandro Pérez Pérez (Uruguay) dejaron entrever, en sus preguntas a los testigos y peritos llamados por las partes, sus dudas en relación con el apego de las sanciones a la letra y espíritu a la Convención Americana de Derechos Humanos, la cual establece que cualquier restricción al derecho político al sufragio debe ser adoptada por un juez.
Durante su intervención el ex alcalde denunció precisamente que fue inhabilitado sin que privara una sentencia en su contra. "Si hubo un delito ese debe ser conocido por un tribunal, pero yo nunca he tenido la oportunidad de presentarme ante jueces imparciales en mi país", afirmó, al tiempo que agregó: "La Contraloría reconoce que hubo daño patrimonial al Estado".
Tomados de El UNiversal
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