martes, 3 de marzo de 2015

CIDH DICTÓ MEDIDAS CAUTELARES DE PROTECCIÓN EN FAVOR DE LOS ESTUDIANTES SALEH Y CARRERO


A Gerardo Carrero, preso en el Sebin, no le permiten llamar a sus dos hijos | Foto: Cortesía Jóvenes Venezolanos
Gerardo Carrero / Foto: Cortesía Jóvenes Venezolanos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictó medidas cautelares de protección a favor de los estudiantes Lorent Saleh y Gerardo Carrero, detenidos en la sede del Sebin en Plaza Venezuela, en la celda denominada "La Tumba".
La resolución 6/2015 es en respuesta a la solicitud hecha el 8 de julio de 2013 por Tamara Suju en nombre del Foro Penal Venezolano, en la que pidió al organismo de la ONU que requiera al gobierno venezolano la protección de la vida e integridad personal de Saleh y, más adelante dentro del procedimiento, los solicitantes requirieron la protección de Carrero, por la presunta violación de sus derechos humanos.
El abogado del Foro Penal Venezolano, Gonzalo Himiob, informó de la decisión en su cuenta de Twitter, @HimiobSantome: “#3M Con fecha de ayer, 2M la CIDH dicta medidas cautelares de protección para Lorent Saleh y para @GerardoCarrero7 (Resolución 6/2015)".
Después de los alegatos del Foro Penal, la Comisión considera que los estudiantes "se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, puesto que sus vidas e integridad personal estarían en riesgo". De acuerdo con el artículo 25 de Reglamento de la CIDH, el organismo pide al gobierno venezolano que:
A. Adopte las medidas necesarias para preservar la vida y la integridad personal de Lorent Saleh y Gerardo Carrero. En particular, proporcionar la atención médica adecuada, de acuerdo con las condiciones de sus patologías.
B. Asegure que las condiciones de detención de Lorent Saleh y Gerardo Carrero se adecúen a estándares internacionales, tomando en consideración su estado de salud actual.
C. Concierne las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes.
Los familiares de Saleh y Carrero denuncian que sufren de vómitos, diarrea y fiebre, además de problemas de deshidratación. Debido a la falta de luz solar, también tendrían problemas en la vista y en la piel. 
La CIDH pide al gobierno venezolano que informe, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la fecha de emisión de la presente resolución, sobre la adopción de las medidas cautelares y actualizar dicha información de forma periódica. 

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